ENTREVISTA Joaquín Missiego del Solar analiza el autogolpe de Estado del 5 de abril de 1992 desde una perspectiva del Derecho Penal

ENTREVISTA Joaquín Missiego del Solar analiza el autogolpe de Estado del 5 de abril de 1992 desde una perspectiva del Derecho Penal

El 5 de abril de 1992, el entonces presidente Alberto Fujimori anunció la disolución del Congreso y la intervención del Poder Judicial, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Tribunal de Garantías Constitucionales y el Ministerio Público;  haciendo efectivo un autogolpe de Estado que le otorgaría mayores poderes sin ninguna fiscalización. Este suceso se convirtió en un episodio clave que definió la política nacional en las siguientes décadas y que cambió para siempre el panorama de nuestro país.

Luego de 25 años de sucedido este hecho, aún continúa como tema de debate si dicho acontecimiento se encuentra justificado. Es por ello que, en esta ocasión, entrevistamos al Dr. Joaquín Missiego del Solar, profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima, para que nos brinde su posición desde una perspectiva del Derecho Penal.

  • ¿Qué significado tiene el 5 de abril de 1992? ¿Cómo se encontraba el ambiente político del país en ese entonces?

El 5 de abril es una fecha muy importante para la historia actual del Perú a raíz que se produce un cambio de rumbo en la historia de la democracia de nuestro país. Cuando el ex presidente Alberto Fujimori toma la decisión de disolver el Congreso, se perdió el equilibrio existente en los poderes del Estado, el cual es una característica esencial que posee todo orden constitucional.

En el momento donde un poder, como lo es el Poder Ejecutivo, se impone sobre los otros, sin que medie alguna razón o causa constitucionalmente válida, se instaura un régimen que atenta contra los principios democráticos.

No se puede dejar de reconocer que en esos momentos nuestro país atravesaba una crisis bastante seria, tanto en lo que se refiere al aspecto de seguridad como consecuencia del terrorismo y a dificultades económicas cada vez peores. Meses después de producido el autogolpe, se comenzaron a apreciar cambios positivos en la lucha contra el terrorismo y la crisis económica. 

Por el otro lado, lamentablemente también existieron una serie de situaciones que fueron bastante cuestionables que, ensombrecieron lo bueno que se había avanzado en lo que eran los dos temas principales de preocupación, la lucha contra el terrorismo y la crisis económica. Hubo un abuso de poder bastante desmedido, que abarcó la toma de las instituciones, como por ejemplo lo sucedido en el Poder Judicial lo que motivó que muchos magistrados fueran separados del mismo al no estar alineados a la política del régimen de ese momento.

  • ¿Es verdad que había mucha oposición que impedía que el entonces presidente pudiera gobernar? ¿Fue necesaria la disolución del congreso?

Es cierto que había oposición, pero decir que la oposición impedía no gobernar es un argumento bastante subjetivo y es desconocer lo que son las reglas de juego de la democracia. Hoy en día, podemos apreciar una situación similar, tenemos un Poder Ejecutivo que, a pesar de no contar con la mayoría deseada, busca tener dialogo con las fuerzas políticas adversarias, lo cual representa lo que es la democracia, ese arte de poder dialogar, convencer y ponerse de acuerdo.

Considero que disolver el Congreso y romper el orden democrático no es una medida adecuada, mucho menos sana.  No se puede patear el tablero por el simple hecho de no sentirse cómodo porque hay una oposición que no comparte los lineamientos o políticas que se desean imponer. Creo que con todo este suceso lo que mas se evidenció fue la ausencia en la capacidad para el diálogo por parte del Poder Ejecutivo de ese entonces.

En el Congreso de esa época existían dos cámaras, una cámara de diputados y otra de senadores, y en ambas habían personas bastante preparadas para llevar a cabo las políticas y reformas necesarias, porque es cierto que nuestro país afrontaba una situación bastante difícil, que fue la justificación que tuvo el gobierno de aquel entonces, pero decir que era el único camino a seguir, puede ser una opinión cuestionable; sin embargo, debieron buscarse opciones dentro del respeto al orden democrático del país.”

  • ¿Es correcta la justificación de cerrar el Congreso y las demás instituciones con la intención de instaurar un Gobierno de Reconstrucción Nacional y por tanto este acto no constituye un acto de rebelión? ¿Es verdad que era un hecho atípico que estaba apoyado por la sociedad?

Es cierto que la mayor parte de la sociedad en ese entonces apoyó la decisión tomada por el ex Presidente Fujimori, ese es un hecho innegable.  Decir algo distinto sería faltar a la verdad; sin embargo, el tema controversial es que si la opinión social es suficiente para legitimar o no una conducta como esta.

A criterio de la Corte Suprema, los hechos que motivaron esta instauración del Gobierno de Emergencia y el autogolpe sí fue un hecho típico y, por ende, en su momento se condenó por delito de rebelión a varias de las personas que participaron en ella. De acuerdo a lo dicho por la Corte Suprema, entiendo que el ex presidente Fujimori no fue sancionado en razón a que en el grupo de cuaderno de extradición proveniente de Chile, no estaba este tema dentro de los incluidos.     

  • ¿Existía alguna otra alternativa para el cambio o era el único camino?¿Es cierto que el Parlamento, el Poder Judicial no son agentes de cambio y son mas bien freno para la transformación y el progreso?

Me parece que esta última afirmación es muy peligrosa para la democracia, porque la democracia posee tres pilares: Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial; buscándose que entre ellos exista un equilibrio. Por tanto, señalar que dos de ellos son un obstáculo es una premisa totalmente antidemocrática.

Como señalé anteriormente, es posible que existieran otras alternativas respetando el orden democrático, pero aventurarse a decir qué hubiera pasado es un tema complejo. La gran mayoría estuvo de acuerdo y, aún lo están, que la decisión que se tomó era la única decisión posible en ese momento.  El problema está en el rompimiento del orden democrático.      

  • ¿Qué implica para el país la disolución o cierre de alguna de estas instituciones del Estado como el Congreso y el Poder Judicial?

Implica un desbalance en el equilibrio de poderes, y que peligrosamente ese desbalance motive a que estas instituciones trabajen al servicio de una tercera y derive en lo que lamentablemente sucedió. Hemos visto un Congreso en el cual habían parlamentarios que vendían su voto o conciencia, un Poder Judicial donde habían magistrados que acudían a la conocida Sala del SIN, donde recibían instrucciones de cómo debían ser dictadas las sentencias o cómo deberían actuar en ciertos procesos, lo cual es totalmente inaceptable.

La Constitución nos habla no solamente del equilibrio de los poderes sino también de la  independencia de los mismos, que fue trastornado completamente.

Un ejemplo donde se puede apreciar esto es lo ocurrido recientemente en Venezuela con Leopoldo López, en donde hubo persecución a muchas personas por el Poder Judicial que terminaron encarceladas por el simple hecho de nos ser afines al régimen. Los serios peligros que se corren como consecuencia de una intervención al Poder Judicial es que este sea utilizado para una persecución política contra personas que no se encuentren alineadas a los preceptos que tiene el gobierno de turno.    

  • ¿Cuáles fueron los delitos cometidos por el ex presidente en esta acción y en qué consiste cada uno de ellos?

Al hablar del tema del autogolpe hablamos básicamente del tema de rebelión que fue lo que finalmente se sancionó. Posteriormente han ido surgiendo otros temas a raíz de las investigaciones, puesto que hubo un grupo de personas secuestradas con condenas a nivel judicial; pero en líneas generales, los delitos por los cuales observamos que el ex presidente cumple sanción no están directamente ligados al autogolpe como tal, sino a los hechos que suscitaron como consecuencia del  autogolpe.

Los mas cercanos son las condenas por secuestro, y luego existieron varios temas a lo largo del desarrollo del régimen que una vez investigados por el Ministerio Público y puesto en conocimiento del Poder Judicial fueron considerados como actos ilícitos que finalmente han merecido condena. Algunos de ellos están vinculados a temas como agravio al patrimonio del Estado, agravio de la confianza y buena fe de la actuación de un funcionario público como rol que le compete dentro del propio Estado y otros casos donde hay asuntos vinculados a agravio de los derechos humanos.

Abogado por la Universidad de Lima. Especializado en Derecho Penal por la Universidad de Salamanca. Docente de Derecho en la Universidad de Lima desde el año 2002 hasta la fecha. Consultor del Estudio Villegas Abogados.

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