En el 2017, el Gobierno estableció mediante el Decreto Legislativo Nº 1258, que las personas naturales que perciban renta de 4ta y 5ta categoría (trabajadores independientes y dependientes, respectivamente) podrían, adicionalmente a las 7 UIT que se descuentan automáticamente del pago del Impuesto a la Renta (IR), deducir hasta 3 UIT adicionales sustentando ciertos gastos...