A partir del 2019 se podrán usar gastos en hoteles, bares, cantinas y restaurantes para reducir pago de impuestos

A partir del 2019 se podrán usar gastos en hoteles, bares, cantinas y restaurantes para reducir pago de impuestos

Mediante Decreto Supremo N° 248-2018-EF publicado el 03 de noviembre del presente año, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta (IR) en el cual se agregan deducciones adicionales en el cálculo del IR que pagan los trabajadores comprendidos en rentas de 4ta (independientes) y 5ta categoría (dependientes).

El MEF ha modificado el literal d del artículo 26-A del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta precisando que, a partir del 1 de enero del 2019, los trabajadores podrán aplicar una deducción hasta el 15% de lo que hayan pagado por el concepto de los servicios comprendidos en la división 55 de la Sección H de la Clasificación industrial Internacional Uniforme- CIIU (Revisión 3) y las divisiones 55 y 56 de la Sección I de la CIIU (Revisión 4).

En ese sentido, el primer supuesto señalado esta referido a las actividades de alojamiento que incluye; i) temporal para visitantes y; ii) de periodos más largos para estudiantes y trabajadores. En el segundo supuesto están incluidos los servicios de comidas y bebidas como son los bares, cantinas y restaurantes.

Para efectos de hacer efectivo este beneficio, los hoteles, restaurantes, bares y cantinas tendrán que emitir comprobantes electrónicos para que de esta forma la SUNAT pueda registrar en tiempo real dichos recibos y automáticamente pasen a ser considerados como gasto para la deducción del IR a fin de año.

El ministro de Economía y Finanzas, Carlos Oliva señaló que con esta medida se busca aumentar la formalización, reducir la evasión y la elusión tributaria.

Finalmente, la norma amplia la lista de servicios de profesionales u oficios que pueden ser deducidos como gastos para el pago del IR. De esta manera todos los servicios profesionales u oficios podrán ser deducibles.

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  • https://www.altonivel.com.mx/finanzas-personales/sat/estos-todos-los-gastos-puedes-deducir-ganarle-al-sat/

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