El Registro Único de Contribuyentes (RUC) es el documento que identifica e individualiza a los contribuyentes, personas físicas o jurídicas, para fines tributarios. El RUC es el instrumento que permite que el Servicio de Rentas Internas (SRI) realice el control tributario.
El número de RUC, que es individual e irrepetible, está compuesto por once dígitos y varía según el tipo de contribuyente. Hoy en día, el RUC es un documento indispensable para realizar un sinnúmero de trámites, entre los más importantes, en el campo tributario, se encuentran los siguientes: la emisión de facturas y la realización de declaraciones de impuestos por internet. Solo teniendo un RUC asignado, el contribuyente puede solicitar autorización al SRI para emitir facturas, según la actividad económica registrada (y por ende vender bienes y servicios); de la misma forma, se necesita el RUC para realizar declaraciones de impuestos por internet a través del portal del SRI, y evitar sanciones.
La relevancia del RUC es indudable por sus múltiples usos, todos los contribuyentes tienen que estar conscientes que su obtención les permite cumplir sus metas comerciales, pero también les impone una serie de obligaciones. El RUC es para los contribuyentes el documento crucial para ejercer sus derechos económicos, siempre considerando la carga tributaria que se asocia inseparablemente a estos.
Para obtener su número de RUC, el ciudadano deberá acercarse a cualquier Centro de Servicios al Contribuyente cercano a su domicilio fiscal y presentar los siguientes documentos:
- Si el trámite lo realiza el mismo representante legal
- Si el trámite lo realiza un tercero
En este caso, se deberá llevar la ficha o partida electrónica original y copia, certificada por Registros Públicos, con una antigüedad no mayor a (30) días, el DNI del Representante Legal, y el recibo de luz, agua o teléfono.
a) Formulario 2119
b) Formulario 2054 y 2054-Anexo
No obstante, es muy importante también obtener la Clave Sol, que permite acceder a SUNAT Operaciones en Línea, es decir, la Oficina Virtual de la SUNAT. Esta comprende su USUARIO y CLAVE, ambos de distribución GRATUITA.
Respecto al trámite:
- Este formato deberá ser utilizado cuando requiera autorizar la realización del trámite a una persona distinta a su representante legal.
- Su firma y/o la de su representante, consignada en el rubro II, deberá ser legalizada notarialmente.
- La persona a quien usted autorice a realizar el trámite deberá mostrar el original de su documento (DNI) vigente.