Desde hace ya algunos días, el Banco Central de Reserva del Perú (BCR), al igual que diversos especialistas en economía, ha anunciado su rechazo a las propuestas del legislativo respecto a la reprogramación de deudas en el sistema financiero. De igual manera, y bajo los mismos argumentos, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (SBS) ha rechazado dicha propuesta legislativa. El primero, afirma que el dictamen emitido en el Congreso atenta contra su autonomía constitucional, mientras el segundo, que es contrario a la base legal del sistema financiero y acuerdos entre privados, ambos preceptos constitucionales.
La Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso ha aprobado un dictamen que otorga un periodo de gracia de 90 días para el pago de créditos y reprogramación de las deudas por hasta cinco años, sin variación de los intereses. En opinión de la SBS, el Legislativo no analiza las consecuencias de este proyecto, sobre todo las relativas al ámbito jurídico.
“La responsabilidad y equilibrio que debe guardar la empresa del sistema financiero al decidir sus estrategias y políticas de crédito y de pasivos se rompe cuando las pérdidas en las que incurre no provienen de sus propias decisiones, sino de políticas impuestas por ley”, señala el documento remitido por la SBS.
En ese sentido, Jorge Mogrovejo, superintendente adjunto del área de Banca y Microfinanzas de la SBS señaló en diálogo con El Comercio, que “[lo que pretende el proyecto] es meterse en el contrato de privados. Como señala la Constitución, es difícil que mediante ley se cambie de esa manera”. Y es que las pérdidas que se deriven en el futuro “ya no serían solo de su exclusiva responsabilidad, sino también de un poder del Estado que introdujo un desbalance en su gestión financiera”, añadió Mogrovejo, en referencia al Poder Legislativo.
Asimismo, y haciendo alusión al inciso 2 del artículo 2º de la Constitución, la SBS sostiene que, al haber el dictamen del Congreso excluido a las cajas municipales y rurales de la mencionada reprogramación de deudas, el Congreso estaría generando diferencias ante la ley.
El BCR sostuvo mediante una comunicación cursada al presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor, José Luna, la propuesta legislativa no realiza distinción entre las personas que podrían o no acogerse al proyecto de ley. Es así que, podría utilizarse esta posible ley para que personas de altos ingresos también reprogramen sus deudas, siendo esto contrario al “propósito” del dictamen. Como consecuencia, sería el sistema financiero y los ahorristas, su principal pasivo, los afectados. En opinión del BCR, “este trato inequitativo se corregiría si en su lugar se considera un límite general del saldo de la deuda de consumo, el que podría no exceder por ejemplo [sic] [de] S/ 10 mil”.
Finalmente, el BCR analiza una de las disposiciones finales del dictamen aprobado por la Comisión de Defensa del Consumidor, la cual hace referencia a Reactiva Perú y a las subastas que en este programa el BCR ejecuta, la cual señala que el BCR “podrá aplicar como un criterio que no menos del 50% de los montos subastados sean destinados” a cajas rurales o municipales. Y es que esta disposición, afirma el Banco Central, es contraria a la autonomía de este, la cual es protegida por la Constitución. Así, señala el documento remitido por el BCR al Congreso, que “la fórmula empleada en el dictamen según la cual el Banco Central podrá realizar esta segmentación de subastas está normando una autorización o facultad, lo cual reiteramos es contrario a la Constitución”.
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