¿Cuándo debo presentar mi declaración jurada anual?

Redacción: Comisión de Ventas de la Revista ADVOCATUS

Las personas naturales que generaron rentas de 1ra categoría deben presentar la declaración jurada anual si determinan un saldo a favor del fisco en las casillas 161 del Formulario Virtual 709 o tienen saldo a favor de años anteriores. También estás obligado a presentar la declaración, en estos casos:

– Si cediste el uso de un bien a título gratuito, es decir, no cobraste monto alguno por el alquiler.

– No cumpliste con realizar el pago mensual del impuesto con el formulario N° 1683.

– Si el monto total del alquiler anual no supera el 6% del valor del autovalúo en el caso de bienes inmuebles y 8% del valor de adquisición tratándose de bienes muebles. Puedes ver ejemplos para calcular.

¿Cómo presentó mi declaración jurada anual?

Podrás realizar la declaración anual 2020 con el Formulario Virtual N° 709, a partir del 15 de febrero 2021 y debes presentarlo como máximo hasta el día del vencimiento, según el último dígito de tu RUC.

¿Cómo hacerlo de forma online?

El formulario 709 cuenta con información personalizada referencial, debes revisar los datos y completarlos si fuera necesario.

Antes de terminar la declaración aparecerá el botón “Validar”, para verificar que la información ingresada no presenta inconsistencias. Después de eso, debes seleccionar “Presente/Pague” para terminar.

Dicha información se envía como declaración jurada anual y si existe un impuesto por pagar, puedes cancelarlo en línea. Si no hay monto por pagar, solo saldrá la constancia de declaración.

También puedes presentar tu declaración anual desde la APP Personas SUNAT, disponible para Android o iOS, o acceder al sistema de Sunat y elegir la opción pago de tributos.

¿Cómo hacerlo de forma presencial en un paso?

Declara y paga la renta: Acércate al banco o agente autorizado: Scotiabank, Interbank, BBVA Continental, BCP, Nación, BanBif o Banco de Comercio, Agentes BCP y Agentes MultiRed del Banco de la Nación. Indica tu número de RUC, periodo tributario: 13-2020, código de tributo: 3072 (Regularización – Rentas de primera categoría) o presenta el formulario 1662 y realiza el pago.

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https://elperuano.pe/noticia/122609-sunat-modifica-reglamento-de-gradualidad-de-sanciones


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