Redacción AGNITIO
El día de ayer, martes 4 de mayo, el Gobierno aprobó las disposiciones reglamentarias para la aplicación de la Ley que autoriza el retiro del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). De acuerdo con la ley aprobada, la norma tiene alcance para los trabajadores del sector privado, los trabajadores de las empresas del Estado y los servidores civiles de entidades del sector público sujetos al régimen 728. Es así como, a través de la publicación del Decreto Supremo N° 010-2021-TR, el Gobierno detalla cómo se llevará a cabo el desembolso de estos fondos que pertenecen a trabajadores del sector formal, como fecha límite el 31 de diciembre. Cabe resaltar que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) informó que estos retiros podrán efectuarse de manera total o parcial de la cantidad disponible en sus cuentas y de acuerdo con el reglamente, el trabajador podrá realizar su solicitud de manera remota, en la entidad financiera en la que se le deposita la CTS para que esta realice el desembolso mediante transferencias a la cuenta que indique (pudiendo ser un banco, una caja financiera o cooperativa de ahorro). Asimismo, el Reglamento establece que luego de enviar la solicitud de desembolso, la entidad financiera deberá realizar la transferencia a la cuenta que precise en un plazo no mayor a dos días. Fuentes Consultadas:
- https://gestion.pe/tu-dinero/retiro-cts-100-como-solicitar-el-acceso-total-de-la-compensacion-por-tiempo-de-servicios-peru-nnda-nnlt-noticia/
- https://rpp.pe/economia/economia/cts-esto-es-lo-que-debes-saber-para-solicitar-el-retiro-del-100-de-tu-compensacion-por-tiempo-de-servicios-noticia-1335147
Imagen extraída de: https://larepublica.pe/resizer/WPkM3qruzAULtSTmbY6UpZBOavE=/1250×735/top/smart/cloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com/gruporepublica/EJ2BWOAHMFBM5BIZ4OZ5QTMAGA.jpg


