Desde la creación del Bitcoin en el año 2009, las criptomonedas no han dejado de crecer y han surgido multitud de monedas digitales alternativas a ésta; sin embargo, no son pocas las personas que creen que se debería regular este mercado, puesto que al no tener un marco legal que las respalde, las personas pueden aprovechar estos vacíos jurídicos para realizar operaciones ilegales.
Dentro de este contexto, hay quienes sostienen que un marco regulatorio no puede aplicarse a las monedas digitales, puesto que dentro de sus características principales están la descentralización y su vocación internacional. Por tanto, las transacciones mediante criptomonedas no están validadas por una entidad central, lo que significa que no hay cargos bancarios o de plataforma, asociados con los pagos. Asimismo, dado que no se circunscriben a un territorio, no existen comisiones por pagos que atraviesan las fronteras, y la transacción funciona de la misma manera, sin importar en donde se encuentren los contratantes o la persona con la que se realiza un negocio.
En ese sentido, las criptomonedas permitirán a aquellas personas que no pueden acceder al sistema financiero tradicional a trasladar recursos de un país a otro o incluso de un continente a otro en minutos, sin formularios, sin cuentas bancarias y, especialmente, sin intermediaros que cercenan un importante porcentaje de la remesa. Por ejemplo, todas las personas que trabajan en el extranjero y necesitan enviarles sus ingresos a sus familiares, podrán utilizar esta tecnología sin ver que gran porcentaje de ésta se ve disminuida por los gastos relacionados al envío.
Sin embargo, las criptodivisas operan en una zona tan gris que se prestan para distintas actividades ilegales. Por tal motivo, la Unión Europea manifestó su preocupación señalando lo siguiente:
“Las transacciones con monedas virtuales se benefician de un grado de anonimato mayor que las transferencias de fondos financieros clásicas y por tanto conllevan un riesgo de que las monedas virtuales se puedan usar por parte de organizaciones terroristas para ocultar transferencias financieras. Posibles riesgos posteriores tienen que ver con la irreversibilidad de las transacciones, medios de tratar con operaciones fraudulentas, la naturaleza opaca y tecnológicamente compleja de la industria y la falta de salvaguardas regulatorias[1]”.
De igual forma, en Estados Unidos fue presentada el Senate Bill N° 1241, el 25 de mayo del año 2017, con el fin de combatir el lavado de dinero, el blanqueo de capitales y el financiamiento al terrorismo, y en ella califican a las criptomonedas como métodos de pago de origen cuestionable y de alto riesgo en materia de lavado de activos. Un ejemplo de ello lo encontramos en el caso BTC-e, empresa que manejaba alrededor del 2.5% de todo el volumen de intercambio de Bitcoin a nivel internacional y que ha sido calificado por el Departamento de Justicia de Estados Unidos como una de las entidades más grandes en el campo de lavado de dinero en el mundo. En ella se podía realizar el comercio entre el dólar estadounidense, y las criptomonedas tales como Bitcoin, Litecoin, Namecoin, Novacoin, Peercoin, Dash y Ethereum. Dichos ingresos provenían de la piratería, la extorsión cibernética y el tráfico de drogas. BTC-e fue utilizado por criminales en todo el mundo.
Por otro lado, se advierte que las criptomonedas han levantado inquietudes en las autoridades tributarias de diferentes países por la dificultad para rastrear las transacciones y, por lo tanto, por la posibilidad que se utilicen para evadir impuestos. Imaginemos que un peruano decide que le paguen en Bitcoins y luego éste decide comprar productos en establecimientos comerciales que aceptan al Bitcoin como medio de pago, tales como Amazon. Lo cierto es que esa persona difícilmente declararía sus ganancias a la administración tributaria (SUNAT). Por otro lado, aquellos que sí quieran tributar sus ganancias a través de las criptodivisas, se enfrentarían a problemas prácticos.
Finalmente, son muchos los empresarios que ven en las criptomonedas una oportunidad de negocios. Sin embargo, al no tener un marco legal adecuado no cuentan con las reglas claras para poder llevar a cabo su emprendimiento. Si una sociedad quisiera comprar bitcoins como mercadería, tendría dificultades para ponerlo como un gasto de la empresa, dado que ninguna casa de cambio virtual emite un comprobante de pago conforme a ley. De igual forma, esta falta de regulación incita a la proliferación de esquemas piramidales relacionado con el pago de monedas virtuales, perjudicando al inversionista.
Como bien señala el jurista español, Alejandro Touriño[2], el derecho regula los problemas y situaciones que se producen en la sociedad. El progreso va planteando retos al legislador, y este va respondiendo. Nada nuevo bajo el sol: en la Antigua Roma sucedía exactamente lo mismo. La diferencia con la actualidad es que ahora el cambio es vertiginoso: es como si en vez de siglos entre el nacimiento de la imprenta, la máquina de vapor y los ordenadores personales todo se concentrase en años ¿Están fallando estrepitosamente ante este reto los legisladores?
En mi opinión, a medida que el uso de la criptomoneda gana popularidad se hace indispensable que las autoridades competentes regulen su uso para que los ciudadanos cuenten con las herramientas legales necesarias para llevar a cabo sus emprendimientos y que, por otro lado, las entidades cuenten con un marco jurídico para supervisar, vigilar las actividades y operaciones que tengan como centro u objeto las monedas virtuales y eviten el uso ilícito de estas. Para ello su regulación debe contemplar el proceso de adquisición, circulación y registro de los usuarios que vayan a invertir y comprar este instrumento.
[1] http://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-10678-2016-INIT/en/pdf
[2] TOURIÑO, Alejandro. ¿Tenemos las leyes que necesitamos ante la revolución digital? EN: http://ecija.com/sala-de-prensa/tenemos-las-leyes-necesitamos-ante-la-revolucion-digital/