Tengamos como idea inicial que la primera obligación de todo trabajador es presentarse -cada día- en su centro laboral; en derecho, esto se conoce como: “poner la fuerza de trabajo a disposición de su empleador”; y es recién después de cumplida esta obligación que se generará el derecho al pago de la remuneración y, con ello, a una serie de beneficios sociales adicionales.
El intercambio es bastante sencillo de entender; una persona va a trabajar y su empleador le entrega cierta cantidad de dinero a cambio del trabajo realizado. Las complicaciones aparecen cuando notamos que, en algunos casos, la empresa deberá pagar la misma cantidad de dinero a pesar de que el trabajador no se presentó a laborar, como en los casos de enfermedad.
Este beneficio laboral permite que el trabajador reciba un dinero a cambio de un servicio que no realizó, toda vez que, (i) su estado de salud le impide trabajar de manera normal, o (ii) por recomendación médica, lo adecuado es que el trabajador se tome el día para descansar. No debemos perder de vista que este beneficio -como cualquier otro- está condicionado a ciertos requisitos; si el trabajador los cumple, entonces tendrá derecho a recibir el dinero a pesar de no haber trabajado.
Para tener derecho a este “pago por enfermedad” el trabajador debe -evidentemente- estar enfermo y adicionalmente estar en la posibilidad de acreditar dicho estado de incapacidad; pensar lo contrario, significaría que basta con la sola declaración del trabajador para obtener este beneficio. Usualmente el trabajador consigue un certificado médico que entrega a su empleador y con ello justifica sus inasistencias al centro de trabajo y mantiene el derecho al pago completo de su remuneración. Todo bien hasta este momento.
Ahora, piense que usted es el jefe de recursos humanos de una empresa y -después de darle el trámite correspondiente al certificado médico de uno de sus trabajadores (digamos, Carlos)- escucha como chisme de pasillo que este señor está de viaje. En un primer momento, va a considerar que lo comentado por la gente de la oficina es mentira, pues en sus manos tiene un papel -firmado por un médico- donde se dice que este trabajador tiene lumbalgia y que tiene justificación para ausentarse al trabajo por 3 días (jueves, viernes y sábado). Usted está seguro de que Carlos está en su casa, descansando y cumpliendo con lo ordenado por el doctor.
Usted no desconfía de él, pero en la oficina se sigue hablando de su supuesto viaje, por lo que decide llamarlo para preguntarle directamente sobre este tema, pero su celular está apagado. Así pues, decide que lo mejor es enviar al médico de la empresa a casa de Carlos, para que verifique el estado de salud de su trabajador o al menos certifique que el señor se encuentra en la ciudad. Poco tiempo después el médico le informa que Carlos no está en su casa y que la familia no quiso dar detalles de dónde podían ubicarlo.
Usted deja de lado sus pendientes del día y se dedica exclusivamente a averiguar dónde está Carlos, luego de una pequeña investigación, y gracias a las redes sociales de amigos en común, descubre que Carlos está en la playa, en Punta Cana. Usted no es médico, pero luego de ver algunas fotos cree estar seguro de que su trabajador no tiene lumbalgia. ¿Es posible contrastar / verificar / analizar la información consignada en un certificado médico? ¿o es que acaso esta fiscalización es un acto de hostilidad o acoso en contra del trabajador?
Recientemente la Corte Suprema ha emitido un pronunciamiento (Casación Lab Nº 19125-2016 La Libertad) en el que reconoce como válidas y correctas las gestiones realizadas por una empresa para analizar si es que la información que su trabajador consignó en el descanso médico era real o no, pues también sospechaban que, de forma similar a Carlos, este trabajador no utilizó indebidamente el certificado médico para no ir a trabajar y a pesar de ello cobrar su remuneración de forma completa. Nuestra legislación reconoce que la entrega de información falsa con intención de obtener un beneficio es una causa justa de despido, y creo que todos estaremos de acuerdo en que el despido de Carlos es plenamente justificado.
Son muchos los casos en los que, por nuestra idiosincrasia, se utilizan certificados médicos para justificar inasistencias a pesar de no estar enfermos ni tener algún tipo de incapacidad para laborar. Yo sé que no todos los casos son como el de Carlos -quien se fue al Caribe en su descanso médico- pero no debemos perder de vista que la acción reprochable no es “ser tan evidente”; la acción mala y merecedora de sanción es presentar información falsa al empleador, independientemente de la motivación interna de cada persona o de las actividades que el trabajador haya realizado en los días que no fue a trabajar por estar supuestamente enfermo.
Este pronunciamiento judicial permite que los empleadores ejerzan su derecho a comprobar la veracidad de la información señalada en los certificados médicos, pudiendo realizar visitas al domicilio del trabajador, solicitarle copia de las boletas de venta de los medicamentos que acompañan el certificado médico, entrevistar al médico tratante o incluso solicitarle al trabajador que se entreviste con el médico de la empresa. Alguna vez participé en un caso donde el trabajador “enfermo” no pudo decirle al médico de planta qué parte del cuerpo le duele, pues ni siquiera se había tomado la molestia de leer qué enfermedad o dolencia médica le consignaron en el certificado médico.
Los únicos perjudicados con este pronunciamiento son los trabajadores que compran certificados médicos falsos y los doctores que venden su firma. Este grupo de personas considera como acoso el hecho de que el doctor de planta le pregunte al trabajador: “¿dónde te duele?”; y creen que una respuesta válida a esta pregunta es: “en el papel ese dice dónde me duele”.
Creo que todos estamos indignados con los escándalos de corrupción que han salido a la luz en los últimos días, pero quizá no notamos que la corrupción no es exclusiva de los grandes cargos estatales, sino que crece y se permite en ambientes muy cercanos al nuestro. Quien actúe correctamente no tendrá problema en entrevistarse con el médico de la empresa y contarle cómo ha manejado su descanso médico, qué medicación tomó, etc.; en cambio la persona que actúa de manera indebida querrá evitar esta reunión a toda costa. Quizá sea ese el motivo por el que este precedente de la Corte Suprema ha sido tan criticado por algunos sectores.