Introducción
Desde mediados del siglo pasado, han sido muchos quienes han optado por cursar sus estudios de postgrado en Derecho en los Estados Unidos de América. Gran parte de estos estudiantes son atraídos por la calidad académica y por el impacto y la influencia que el derecho y el pensamiento jurídico norteamericano tienen en el mundo contemporáneo. Mi objetivo en el presente trabajo para el blog jurídico “Agnitio” no es examinar las consecuencias que tal impacto tiene en la práctica jurídica diaria, sino analizar la influencia que el derecho y la doctrina jurídica norteamericana tienen sobre la academia y legislación de otros países o sistemas jurídicos. Por ello, en el desarrollo regular del dictado del curso de Filosofía del Derecho en la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima, hemos analizado y discutido los aportes del profesor Ton Tyler. Las ideas que se expondrán en este breve artículo son algunas de esas reflexiones que se deslizaron.
Breve perfil del profesor Tom Tyler[1]
Tom R. Tyler es Profesor de Derecho Macklin Fleming y Profesor de Psicología en la Escuela de Derecho de Yale, así como el Director Fundador de The Justice Collaboratory. Se unió a la facultad de derecho de Yale en enero de 2012 como profesor de derecho y psicología. Anteriormente, fue profesor universitario en la Universidad de Nueva York, donde enseñó tanto en el departamento de psicología como en la facultad de derecho. Antes de unirse a la Universidad de Nueva York en 1997, enseñó en la Universidad de California, Berkeley, y en la Universidad Northwestern. Es licenciado en psicología por Columbia y tiene un máster y un doctorado en psicología social de la Universidad de California en Los Ángeles.
El planteamiento del tema
Para el respeto al Derecho corren malos tiempos. Quizás es uno de los peores datos sobre la salud política. Ejemplos de incumplimiento de las leyes proliferan por doquier y marcan con mucha frecuencia comportamientos destacados en ciudadanos y autoridades del gobierno nacional, regional y local. Desde nuestra Constitución, se establece en ese sentido una obligación jurídica general para los ciudadanos y los poderes públicos, que “están sujetos a la Constitución y al resto del Ordenamiento jurídico”. Es un deber incondicionado, una exigencia ilimitada para las instituciones y para las autoridades, que solo tiene un resquicio individual muy restrictivo y que necesita refrendo legal o judicial al más alto nivel con la objeción de conciencia.
El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) presentó un informe de seguridad ciudadana, documento que recoge la percepción de inseguridad de la población, pero que también da cifras sobre los accidentes de tránsito registrados en el país. Allí se da cuenta de que la principal causa de los accidentes de tránsito a nivel nacional es la imprudencia y/o ebriedad del conductor. De los 74.030 accidentes registrados, el 37 % tuvieron dicha causa. La segunda causa es el exceso de velocidad. En todo el país, 21.184 accidentes fueron por este motivo. El tercer motivo es la propia imprudencia del peatón y/o pasajero con 5.966 accidentes registrados (El Comercio: 2018).
Este dato de la realidad nos debe genera muchas preguntas. Que hay detrás de estas conductas en los ciudadanos. Por qué los ciudadanos no cumplen con las normas de tránsito. Que está fallando?.
Más allá de la discusión sobre el carácter científico del Derecho, hoy, no cabe la menor duda que uno de los retos y desafíos que tiene el Derecho no solo es estudiar las normas jurídicas (derecho positivo), o el tema de sus métodos y todo aquello que concierne al lenguaje jurídico. Hay un fuerte consenso en la comunidad científica, de que el Derecho debe investigar los problemas que se presentan en torno al tema de la obediencia del Derecho. Como dice el profesor español Alberto Calsamiglia, los “juristas y los legisladores están acostumbrados a despreciar el tema de las reacciones de los ciudadanos y de la eficacia de las normas como criterio de su aceptabilidad. Una ciencia general del derecho debe incluir una teoría de la obediencia al derecho. Se debe analizar por qué los ciudadanos deben obedecer al derecho y si existe alguna razón que justifique su desobediencia”. (Calsamilgia:1996, 24).
Entonces a partir de esa premisa, las interrogantes que nos debemos hacer son: ¿Cómo se estimula en una sociedad la observancia de la ley? ¿Depende esto únicamente del temor de ser castigado? ¿O es que el sentido público de justicia e imparcialidad sugiere otras estrategias más efectivas? Uno de los profesores que ha trabajado estas interrogantes es el profesor Tom Tyler, quién con otros expertos, han descubierto muchas líneas de reflexión y debate.
Las investigaciones del profesor Tyler, pretender generar un debate sobre la base de dos premisas: la teoría del desincentivo (que busca incentivar o desincentivar una conducta a través de amenazas y aplicación de castigos o premios) y, la teoría normativista (que busca el cumplimiento voluntario de las normas a través de una inclinación moral a estas).
Según los estudios del profesor Tyler, el público en general obedece la ley porque percibe que el proceso es justo e imparcial y conforme con sus propios valores. Sobre esto último, hay dos motivaciones de naturaleza ética que anteceden al acatamiento: la legitimidad y la moralidad. La legitimidad se refiere a la creencia de que a la autoridad hay que obedecerla.
El trabajo del profesor Tom Tyler, advierte sobre la compleja relación que existe entre el derecho y sociedad y muestra cómo la forma en que se llevan a acabo los procesos legales determina la confianza en y la legitimidad de las autoridades, lo que a su vez influye en el cumplimiento del derecho. Entonces a partir de las investigaciones del citado profesor se puede sostener que la forma en que se hace justicia y la importancia de la moral colectiva son precondiciones de la efectividad de un sistema jurídico tato mas que la existencia de un sistema de sanciones. Entonces, estas ideas nos obligan a pensar en alternativas para la construcción de instituciones jurídicas mas eficaces, justas transparentes y representativas.
El profesor Tom Tyler, en su obra Why people obey the law, afirma que las personas en Estados Unidos obedecen la ley, si creen que es legítima, y no por temor al castigo. Su estudio del entorno social, cultural y legal de los Estados Unidos permite identificar cómo son, de manera general, las aptitudes del ciudadano estadounidense frente a sus normas. Mostrando como la motivación de los estadounidenses radica en las relaciones sociales y juicios éticos, y no principalmente por el deseo de evitar los castigos o la ganancia de recompensas, su documento muestra cifras como que 16 de 100 ciudadanos señalaron que frecuentemente viajan a más de 55 millas por hora (excediendo lo permitido) y 28 aceptaron que a veces lo hacen, 6 de 100 han parquean en zona prohibida frecuentemente, mientras que 22 lo hacen a veces. La gente sigue las reglas, incluso cuando el riesgo de ser capturados y castigados es bajo o inexistente, convirtiéndose en “auto-reguladores”, teniendo la responsabilidad de la regla en sí mismos.
En ese marco de evidencias, en Estados Unidos, el público cree que los funcionarios de policía y los jueces son autoridades legales que tienen poderes considerables que pueden emplear para hacer cumplir la ley. Se los considera autoridades cuyas decisiones están respaldadas por el uso potencial de la fuerza disuasiva mediante castigo, y a quienes mayormente se los obedece. Sin embargo, la realidad, en lo que respecta a la autoridad jurídica estadounidense, difiere grandemente en dos maneras. Primero, si bien es cierto que los norteamericanos generalmente respetan la ley, y que muchas veces están dispuestos a someterse a las decisiones de la policía y de los jueces, su cumplimiento de la ley no puede darse por sentado.
Las autoridades jurídicas estadounidenses siempre han tratado de fomentar en el público el acatamiento de la ley, y existen muchas indicaciones de que esta lucha se hace más difícil. Los agentes de policía norteamericanos, en su trato con los ciudadanos, señalan que cada vez les es más difícil lograr acatamiento por parte del público, y los jueces informan que es más difícil ejecutar las decisiones judiciales y lograr que el comportamiento de los ciudadanos corresponda con las órdenes de los tribunales.
En términos de la influencia que la ley tiene en la vida diaria de las personas, hay indicaciones de que, en una amplia gama de comportamientos —desde pagar el impuesto sobre la renta hasta parar frente a las luces rojas del tránsito— los norteamericanos prestan menos atención a la ley. No se debe exagerar la magnitud de estos problemas de acatamiento de la ley, pero las autoridades jurídicas cada vez más dirigen su atención a la necesidad de comprender mejor por qué la gente obedece la ley (Tyler: 2001:19).
Desde otra perspectiva del problema, los estudios del profesor Tyler explica que, el derecho tiene entre sus objetivos principales el cumplimiento de sus normas jurídicas. Pero el derecho necesita también de la obediencia de las órdenes y decisiones hechas por las autoridades legales. (Tyler). En otra obra del profesor ¿Por qué las personas obedecen al derecho? (1990), demuestra que las formas en que se desarrollan los procedimientos, la legitimidad y la cohesión social son elementos determinantes para el cumplimiento del derecho, incluso más que la existencia de sanciones (Pérez, 2014).
El trabajo de Tyler constituyó un punto de inflexión en el modo en que se estudiaba el derecho. La profesora Catalina Pérez (2014) cuenta que era común en la academia jurídica norteamericana considerar que los individuos solo debían obedecer las normas del derecho más no participar en su formulación. Lo central era la forma en que se desarrollaban los procedimientos, no los incentivos para hacer cumplir las normas.
Asimismo, las ideas expuestas por el profesor Tyler y otros autores contribuyeron a descubrir la importancia que tiene la participación de los individuos en el funcionamiento del sistema legal: no como simples cumplidores de normas abstractas sino como agentes morales que asumen lo que el profesor Helbert L. Hart llamaría el punto de vista interno del derecho.
En resumen, estimo que las reflexiones y conclusiones de los trabajos del profesor Tyler, deben merecer desde lo académico más debate e investigaciones sobre cada una de las aristas que tiene el tema y, desde lo público, este asunto de la mayor importancia debe generar un mayor debate desde las instancias generadoras de las políticas públicas porque recuérdese que el país se encuentra en proceso para lograr su acceso a la OCDE. Este organismo internacional solo admite países que muestren una sólida cultura de respeto a leyes.
Referencias Bibliográficas.
La Obediencia del Derecho. Tom Tyler. Estudio preliminar de Catalina Pérez Correa. Siglo del Hombre Editores. Universidad de los Andes. 2014.
El Derecho y la Justicia. Edición de Ernesto Garzón Valdés y Francisco Laporta. Editorial Trotta. Madrid. 1996.
Temas de la Democracia. Boletín Electrónico del Departamento de Estado de los EE. UU. 2001.
[1] Los datos que se exhiben en el presente trabajo han sido tomados de una manera resumida del portal web de la Universidad Yale Law School. https://law.yale.edu/tom-r-tyler
Sobre el autor:
Jose Avila Herrera. Magíster en Derecho Penal y PhD.
Profesor de Filosofía del Derecho en la Universidad de Lima