YO PARO (de trabajar)

Ninguno de los que lea este articulo ha estado ajeno a las pérdidas de vida humana que se han producido en los últimos meses en el marco de una relación laboral. Frente a ello, el Gobierno del presidente Vizcarra ha emitido una serie de medidas legales en la búsqueda de sancionar -más – a las empresas formales que continúen cometiendo este tipo de incumplimientos en materia de seguridad y salud en el trabajo, dejando, para variar, inmunes a los empleadores informales o con trabajadores en negro.

En efecto, ninguna de las normas dictadas tiene alguna medida para fomentar el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo, todas buscan sancionar más, a pesar de que la Autoridad de Trabajo establece a la prevención como prioridad. Sin embargo, nosotros proponemos una medida concreta, “yo paro”.

Estar frente a un riesgo grave o inminente, en una situación laboral podría generar dudas a los trabajadores que no han sido capacitados correctamente, para saber como actuar frente a estas situaciones. Nos preguntamos si existe la posibilidad de que los trabajadores puedan paralizar sus labores por decisión propia, y a la vez no sufrir de algún tipo de consecuencia, como una sanción o despido.

Es importante determinar a que nos referimos con riesgo grave o inminente, por lo que nos remitiremos al Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el trabajo en el cual se define lo siguiente con respecto a riesgo y riesgo laboral, respectivamente:

 

“Probabilidad de que un peligro se materialice en determinadas condiciones y genere daños a las personas, equipos y al ambiente.”

“Probabilidad de que la exposición a un factor o proceso peligroso en el trabajo cause enfermedad o lesión.”.

Creemos que estas definiciones son acertadas para definir un peligro inminente, donde el trabajador pueda sufrir un daño inmediato, si es que se continua con la actividad laboral.

Pero ¿Qué debe hacer el trabajador cuando se encuentre frente una situación la cual podría causarle un daño grave o incluso la muerte? Nosotros somos de la idea de que el trabajador debería resguardar su integridad física dejando de trabajar inmediatamente o incluso retirarse de su lugar de trabajo, informándole a su empleador que le es imposible trabajar por existir una situación que pone en riesgo su vida o salud. El problema que existe -poniéndonos en los zapatos del trabajador- es que en caso de que esté decida paralizar sus actividades para proteger su integridad física, podría generar que el empleador castigue al trabajador, por tomar esta decisión razonable, al no estar amparada en la ley.

Buscando algún dispositivo legal en nuestra legislación, encontramos que el reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, en su artículo 63, señala lo siguiente frente a un peligro inminente:

“El empleador establece las medidas y da instrucciones necesarias para que, en caso de un peligro inminente que constituya un riesgo importante o intolerable para la seguridad y salud de los trabajadores, estos puedan interrumpir sus actividades, e incluso, si fuera necesario, abandonar de inmediato el domicilio o lugar físico donde se desarrollan las labores. No se pueden reanudar las labores mientras el riesgo no se haya reducido o controlado.”

 

Como se puede observar, se establece claramente que el empleador es el que establece las instrucciones para que, en estos casos de riesgo inminente, el trabajador pueda paralizar sus actividades. Entonces, siguiendo este orden de ideas, el trabajador no podrá por cuenta o decisión propia paralizar sus labores. Esto nos deja con la pregunta de que debe hacer el trabajador cuando el empleador no le ha brindado las debidas instrucciones a seguir, frente a una diversidad de situaciones que puedan poner en peligro su integridad física.

La OIT en el Convenio N° 155 de 1981, se pronuncia sobre este tema dándole la facultad a los trabajadores para que puedan interrumpir su trabajo, planteando lo siguiente en el artículo 13:

“De conformidad con la práctica y las condiciones nacionales, deberá protegerse de consecuencias injustificadas a todo trabajador que juzgue necesario interrumpir una situación de trabajo por creer, por motivos razonables, que ésta entraña un peligro inminente y grave para su vida o su salud.”

Creemos que adoptar estas medidas en nuestra legislación laboral, es una solución inteligente, debido a que reconocer este derecho al trabajador de paralizar sus actividades frente a situaciones que puedan atentar contra su integridad física, evitaría accidentes graves o hasta muertes innecesarias. Además, dándole este derecho a los trabajadores, se les estaría protegiendo de consecuencias injustificadas, como la imposición de una sanción.

Asimismo, defendemos la idea de que darles esta facultad a los trabajadores, beneficiaria en gran medida a los empleadores, puesto que ya no estarían en la obligación de crear una serie de procedimientos e instrucciones, sino que en la ley ya estaría normado un procedimiento especifico para que los trabajadores sepan que hacer frente a estas situaciones de peligro. Implementar este tipo de procedimiento en la ley es muy importante, para que los trabajadores sepan cuales son los limites de este derecho y de este modo no exista un abuso de derecho que perjudique a los empleadores. A la par se debería regular la posibilidad de sancionar al trabajador en el caso de una actuación abiertamente irregular de este derecho.

En España, por ejemplo, la ley no solo obliga al empresario a que tome medidas de prevención frente a una situación riesgosa que pueda causar daño inmediato a sus trabajadores, sino que también, se reconoce el derecho del trabajador a paralizar sus labores. Además, se establecen las condiciones para saber si estamos ante un riesgo grave o inminente, las cuales son: i) Que la exposición al riesgo se pueda producir de forma inmediata, y ii) Que esa exposición suponga un daño grave para la salud de los trabajadores/as, aunque este daño no se manifieste de forma inmediata.

 

Por lo antes expuesto, tenemos la posición de que implementar una la ley que permita a los trabajadores paralizar sus labores ante un riesgo de tal magnitud, que pueda poner en peligro su vida o salud, es completamente necesario. Es necesario, por que de este modo se evitarían graves accidentes y hasta muertes innecesarias, que perjudicarían no solo a la familia de la victima sino también generarían contingencias legales a las empresas. Por otro lado, reconocer este derecho a los trabajadores debe estar compuesto de limites, para que no exista un abuso de esta facultad y las empresas no se vean afectadas por la paralización de labores injustificadas. Como hemos visto, países como España facultan a sus trabajadores para que, no solo pongan en resguardo sus vidas ante un riesgo, sino también para protegerlos de cualquier consecuencia que pudiera surgir por la paralización de sus labores.

El “yo paro” podría ayudar a las empresas a atenuar las responsabilidades que se les atribuyen por actuación negligente del trabajador.

Fuentes:


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