El pasado jueves 2 de noviembre, se aprobó el Proyecto de Ley que impide postular a cargos de elección popular a personas con sentencia firme por delitos de terrorismo, apología al terrorismo, violación a la libertad sexual, tráfico ilícito de drogas, corrupción de funcionarios, peculado y colusión. El resultado final de la votación fue 78 votos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones.
En un inicio, la iniciativa de esta Ley solo hacía referencia a la prohibición hacia condenados por terrorismo y apología al terrorismo. Sin embargo, al entrar al proceso de aprobación por el Pleno del Congreso, los parlamentarios de Alianza para el Progreso, Frente Amplio, Nuevo Perú y Acción Popular pidieron que se incluya dentro del proyecto a los condenados por delitos de violencia sexual, narcotráfico y corrupción.
El Proyecto de Ley fue exonerado de segunda votación, lo que permitirá acelerar su envío al Poder Ejecutivo, que tiene la potestad de observarla o promulgarla.
Dentro del debate en el Pleno se encontraron una serie de argumentos en contra del Proyecto de Ley que señalaban que, durante el gobierno de Alberto Fujimori, muchas personas fueron acusadas falsamente por terrorismo. Dichos argumentos fueron calificados por la bancada de Fuerza Popular como excusas que buscaban bloquear la norma.
Finalmente, el proyecto señala que el impedimento se extiende pese a que se haya cumplido la condena y no será aplicable para las personas que hayan gozado de indulto razonado. De esta manera, la Ley no se aplicará para aquellos que gozan del indulto común, mientras que sí se aplicaría para aquellos que fueron indultados por motivos humanitarios.