Ley antisoborno ya está siendo implementada por 18 empresas peruanas del sector público y de energía

Ley antisoborno ya está siendo implementada por 18 empresas peruanas del sector público y de energía

El Decreto Legislativo 1352 está previsto para entrar en vigencia el próximo año, el cual amplia la responsabilidad de las personas jurídicas o empresas en casos de corrupción mediante soborno.

Esta “ley antisoborno” permite implementar un modelo de prevención del delito y permitiría, en caso de llegar a una instancia judicial, atribuirle la responsabilidad no directamente a la persona jurídica sino al funcionario que cometió el delito

Esta ley funciona como atenuante a la empresa si es que en una circunstancia de delito, la empresa haya adoptado e implementado un modelo de prevención después de la comisión del delito o la implemente antes del inicio del juicio oral del procesado.

En esta línea, Pamela Castillo, Certification Manager de SGS, compañía enfocada en inspección, verificación, análisis y certificación de empresas, realza que esta nueva normativa genera interés en el sector público y privado.

Y declaró a los medios que ya existen 50 empresas interesadas en implementar estas medidas y ya hay 18 que la están aplicando. Estas 18 últimas son del sector público y energía.

Respecto del Decreto legislativo 1352, incluye entre otros, los siguientes delitos:

  1. El cohecho activo genérico (soborno a funcionario o servidor público que haga uso de sus funciones y brinde un beneficio que no corresponda)
  2. El cohecho activo específico (soborno que da un funcionario público con capacidad de decisión que beneficie a un corruptor)
  3. Lavado de activos
  4. Financiamiento del terrorismo

La experta señala que los efectos del soborno son “alarmantes, ya que incrementa los costos, disminuye la calidad y destruye la confianza de las instituciones”. Por otro lado, destacó que este es un paso importante del Perú al asociarse a una norma internacional, es un cambio no solo legislativo sino cultural.

El modelo a implementar por las empresas debería, entonces según la ley, tener:

  • Un encargado de prevención (designado por el órgano de administración más alto)
  • Evaluación de riesgos de corrupción
  • Procedimiento de denuncia mediante un canal de comunicación
  • Capacitación a todos los colaboradores de la compañía
  • Monitoreo continuo

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