El pasado miércoles 9 de mayo del 2018, el Ministerio de Economía y Finanzas publicó diversos decretos supremos que modifican el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) de las bebidas con alto contenido de azúcar, las bebidas alcohólicas, los cigarrillos, los combustibles y los vehículos.
Es importante resaltar que el ISC es un impuesto indirecto que, a diferencia del IGV, solo grava determinados bienes (es un impuesto específico); una de sus finalidades es desincentivar el consumo de productos que generan externalidades negativas en el orden individual, social y medioambiental.
En el caso de las bebidas con alto contenido de azúcar, la norma dispone aplicar una tasa impositiva de 25% a las bebidas azucaradas que poseen 6 gramos o un mayor contenido de azúcar por cada 100 mililitros. Según el contenido del referido decreto, la aplicación del mismo alcanza a las bebidas como el agua con adición de azúcar u otro edulcorante o aromatizad,-incluida el agua mineral y la gasificada. También a la cerveza sin alcohol y otras bebidas que establezcan dicho nivel de azúcar.
En cuanto a los cigarrillos, hechos a base de tabaco negro y/o rubio, el ISC pasó de S/ 0.18 a S/ 0.27 por cigarrillo. El incremento que se ha producido es de un 50%. En lo referente a las bebidas alcohólicas, se plantea que los licores que tengan entre 0 y 6 grados de concentración de alcohol mantengan el ISC de S/1,25 por litro producido y se eleva de 30% a 35% la tasa al valor según precio de venta al público.
Por su parte de los combustibles, l decreto supremo corrige la distorsión vigente que hace que el gasohol de 97 octanos pague más ISC que el diésel. Así, el diésel B2, con un contenido de azufre menor o igual a 50 partes por millón (ppm), pagará un ISC de S/1,70 por galón; mientras que la tasa impositiva para las gasolinas variará entre S/1,13 y S/1,27 por galón.
Finalmente, la norma dispone que los vehículos nuevos para transporte de pasajeros que tengan algún mecanismo dual -como gas o eléctrico- no pagarán impuestos y los vehículos a gasolina nuevos tendrán una tasa de ISC de 10%. Asimismo, los vehículos nuevos que utilicen diésel o semidiesel tendrán una tasa de ISC de 20%; mientras que a los vehículos usados se les aplicará una tasa de 40%.
Como sustento de esta medida, el MEF señala que el costo social en Perú por enfermedades no transmisibles -asociadas al consumo de productos como alcohol, cigarrillo, bebidas azucaradas, entre otros – es en promedio US$ 24,000 millones anuales de acuerdo a un estudio realizado por la Universidad de Harvard, lo que es equivalente a cerca del 11% del PBI anual.
Asimismo, el Ministerio de Economía y Finanzas detalló aún sí existen otros productos que pueden ser incluidos en los cambios al impuesto selectivo al consumo (ISC); debido a las “externalidades negativas” que estos generan para la población peruana. Por lo tanto, estarían considerando gravar con el ISC a los casinos y tragamonedas, pues se buscaría corregir aquello que impacta en el costo de la salud pública (por la ludopatía). Estos nuevos servicios se incluirían a través del pedido de delegación de facultades legislativas.
Dichas medidas han generado controversia en el panorama nacional, de esta manera las opiniones respecto al aumento del ISC son divididas. Por un lado, el ex viceministro de Economía, Enzo Defilippi, señala que los cambios planteados en el ISC van en la línea correcta y complementan las últimas alzas en estos tributos, que se dieron en el 2016. De la misma manera, el ex viceministro sostiene que el consumo de las bebidas azucaradas –que han estado especialmente en el foco de atención- en exceso genera daños que terminan siendo pagados por todos los peruanos.
Por otro lado, la Cámara de Comercio de Lima señala que: “La subida del ISC va a producir un efecto contrario al deseado. El Estado tendrá una menor recaudación fiscal y se tendrá una migración del consumo de bebidas alcohólicas del mercado formal hacia las del mercado informal”.
Independientemente de estas opiniones contrariadas, lo cierto es que existen ciertos detalles que llaman la atención en estas medidas tomadas por el MEF. En primer lugar, se cuestiona que poner ISC cero a la importación de camionetas pick-up no tiene sentido, pues estos vehículos cuentan con motores más grandes (normalmente a diésel) y contaminan más; por lo que deberían ser gravados.
En segundo lugar, en el caso del ISC a las bebidas alcohólicas con grado de alcohol menor a 6° (donde entra la cerveza), no hay cambios en el impuesto por litro vendido; y este es justamente el licor que más se vende en el país.
Fuentes consultadas:
- http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas-menu/impuesto-general-a-las-ventas-y-
selectivo-al-consumo/impuesto-selectivo-al-consumo-empresas - https://gestion.pe/economia/mef-alza-isc-paquetazo-e-impacto-inflacion-seria-minimo-
233589 - https://elcomercio.pe/economia/mef-sube-17-25-tasa-isc-bebidas-azucaradas-noticia-518984
- https://elcomercio.pe/economia/peru/gobierno-gravaria-isc-casinos-tragamonedas-noticia-
519893 - https://elcomercio.pe/economia/peru/impuestos-debe-entender-debate-aumento-isc-noticia-
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