Mediante Decreto Supremo N° 248-2018-EF publicado el 03 de noviembre del presente año, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta (IR) en el cual se agregan deducciones adicionales en el cálculo del IR que pagan los trabajadores comprendidos en rentas de 4ta (independientes) y 5ta categoría (dependientes).
El MEF ha modificado el literal d del artículo 26-A del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta precisando que, a partir del 1 de enero del 2019, los trabajadores podrán aplicar una deducción hasta el 15% de lo que hayan pagado por el concepto de los servicios comprendidos en la división 55 de la Sección H de la Clasificación industrial Internacional Uniforme- CIIU (Revisión 3) y las divisiones 55 y 56 de la Sección I de la CIIU (Revisión 4).
En ese sentido, el primer supuesto señalado esta referido a las actividades de alojamiento que incluye; i) temporal para visitantes y; ii) de periodos más largos para estudiantes y trabajadores. En el segundo supuesto están incluidos los servicios de comidas y bebidas como son los bares, cantinas y restaurantes.
Para efectos de hacer efectivo este beneficio, los hoteles, restaurantes, bares y cantinas tendrán que emitir comprobantes electrónicos para que de esta forma la SUNAT pueda registrar en tiempo real dichos recibos y automáticamente pasen a ser considerados como gasto para la deducción del IR a fin de año.
El ministro de Economía y Finanzas, Carlos Oliva señaló que con esta medida se busca aumentar la formalización, reducir la evasión y la elusión tributaria.
Finalmente, la norma amplia la lista de servicios de profesionales u oficios que pueden ser deducidos como gastos para el pago del IR. De esta manera todos los servicios profesionales u oficios podrán ser deducibles.
Páginas consultadas:
- https://gestion.pe/economia/gastos-hoteles-restaurantes-serviran-reducir-pago-impuestos-trabajadores-248950
- https://elcomercio.pe/economia/peru/mef-sunat-trabajadores-podran-deducir-gastos-hoteles-restaurantes-bares-nndc-noticia-574093
- https://www.mef.gob.pe/es/noticias/notas-de-prensa-y-comunicados?id=5825
- https://laley.pe/art/6478/gastos-en-hoteles-restaurantes-y-bares-reduciran-pago-de-impuesto-a-la-renta
- https://larepublica.pe/economia/1350204-podra-deducir-impuesto-renta-gastos-igv-pagados-hoteles-restaurantes-mef
- https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/modifican-el-reglamento-de-la-ley-del-impuesto-a-la-renta-decreto-supremo-n-248-2018-ef-1708560-2/
Imagen extraída de:
- https://www.altonivel.com.mx/finanzas-personales/sat/estos-todos-los-gastos-puedes-deducir-ganarle-al-sat/