
Redacción: Carlos Renatto Villavicencio Rojas*
Ante la situación de crisis política, económica y social que vive actualmente el Perú, una de las presuntas soluciones que viene cursando nuestro país es el Proyecto de Ley N° 022-2021-CR (ver aquí) presentado por el partido Perú Libre el 12 de agosto de 2020. Lo que busca este proyecto normativo es facultar al Estado a controlar los precios de los productos y servicios en un ámbito nacional. ¿La razón? El alza de precios de la canasta básica familiar, lo cual según un estudio de Apoyo Consultoría aumentaría en un 5,5% para una familia de cuatro personas. Ello afectaría significativamente a las personas de nivel socioeconómico D y E, en tanto deberían cubrir más días de trabajo para afrontar este aumento de precios.
Ante la situación descrita corresponde preguntarnos, ¿de aplicarse la medida de control de precios en el Perú, el consumidor obtendrá algún beneficio? La respuesta es un rotundo no. Cabe recordar que esta política fue aplicada durante la denominada “década pérdida”, que tuvo sus inicios en 1980, y en la que el expresidente Alan García Pérez fijó controles a las tasas de interés, el tipo de cambio, el precio de combustible y otros productos parte de la canasta básica familiar. ¿La consecuencia?: escasez, limitación de opciones y/o alternativas de sustitutos y, esencialmente, largas colas a fin de adquirir productos esenciales.
No está de más resaltar que los precios en un determinado mercado se rigen por la ley de la oferta y la demanda, la cual establece que la oferta es el indicador que genera que un precio de un producto o servicio sufra un aumento o una disminución. En pocas palabras, cuando existe más oferta de productos o servicios el precio se reduce; mientras que cuando la oferta disminuye, el precio se eleva.
En un contexto de política de control de precios el proveedor pierde la facultad de estructurar su modelo de negocio comercial. No podrá determinar el precio de su producto o servicio en base a los costos de los insumos necesarios para elaborarlo, el salario de sus trabajadores o cualquier otro costo administrativo u operacional (p.e: el transporte del producto a los locales de sus distribuidores), pues este le será impuesto por el Estado. ¿Qué problema se origina? Que ningún empresario, ya sea nacional o internacional, desarrollará actividad comercial en nuestro país si el precio fijo no le representa un lucro o, en todo caso, no compensa todos los gastos en que incurre. ¿Acaso usted vendería unas zapatillas a S/ 30 cuando le cuesta S/ 40 fabricarlas? Claramente nadie haría eso (salvo que se trate de un caso de precios predatorios, pero esa es otra historia). He ahí el problema, la aplicación de una política de control de precios resultará en la pérdida de agentes económicos en distintos mercados o, en todo caso, en el deterioro de calidad de lo ofrecido al consumidor.
Ahora, si usted considera que esto no lo afecta como consumidor debido a que conseguirá más productos a un menor precio, pues está equivocado. El congelamiento, la reducción o la fijación de topes al precio de un producto o servicio, en aplicación de una política de control de precios, generará escasez debido a la carencia de agentes económicos dispuestos a comercializarlos. Ello, por experiencias pasadas, incentivará la aparición de mercados negros a precios mayores a los fijados y bajo una calidad indeterminada.
En ese sentido, es incorrecto dejarse llevar por el sentimiento de que el consumidor es la víctima y el proveedor es el victimario cuando los precios de un producto y/o servicio aumentan. No es natural que se analicen los costos de producción y operación de un proveedor a fin de llegar al consumidor final. La evaluación de este último se estanca en “cuánto estaba antes” y “cuánto está ahora”. Se debe tener en consideración que factores externos, tal como lo es el aumento de los precios internacionales de los commodities que se emplean como insumo para importar o fabricar los productos en el país, son capaces de afectar sus precios.
En lo particular, el Instituto Peruano de la Economía (IPE) a través del boletín de discusión denominado Control de Precios: ¿Remedio o enfermedad? ha otorgado alternativas muy acertadas a la presente situación, estas son:
- Incentivar la competencia: el incremento de precios logra que el proveedor produzca más de los productos demandados, lo cual aumentará la oferta y producirá que los precios bajen.
Ello, adicionalmente, originará que empresas de otros rubros se interesen en producir estos bienes, como lo fue en el caso de las mascarillas.
- Reducir las barreras burocráticas de entrada al mercado: un ejemplo clave de este aspecto fue la agilización de los procesos de autorización de los registros sanitarios por la DIGEMID.
- Asegurar un mayor acceso a información sobre disponibilidad, características y variedad de precios de los productos: sobre el particular, se ha mencionado que INDECOPI publicaría una guía de productos sustitutos pertenecientes a la campaña familiar, lo cual resultará beneficioso ante la alza de precio de estos productos, en tanto permitirá al consumidor tomar mejores decisiones de compra.
- Fortalecer la regulación de prácticas anticompetitivas, tales como acuerdos para fijar precios y cantidades de productos ofertados.
Sobre este último, y volviendo al tiempo presente, se ha difundido que el alza de precios de productos tendría como posible origen supuestas concertaciones de precios entre los proveedores más importantes de nuestro país.
Ante lo anterior, el INDECOPI, como órgano encargado de revisar actos en contra de la libre competencia, inició el 11 de agosto del presente año, coincidentemente un día antes de la presentación del proyecto de ley en cuestión, un monitoreo de los precios de cuatro productos: (i) el balón de gas de 10 kilos; (ii) el aceite vegetal de 1 litro; (iii) el pollo fresco limpio por kilo; y, (iv) la leche evaporada en tarro de 400 gramos. La particularidad de esta situación es que en investigaciones de este tipo es inusual que el INDECOPI publique o avise este actuar con anticipación, pues normalmente las investigaciones de conductas anticompetitivas se dan de manera reservada y con una estrategia determinada, lo cual ha dado grandes frutos y es algo que se debe reconocer. Es por ello que algunos expertos han considerado que no se estaría actuando de manera técnica. En lo particular, Alfredo Bullard, de manera acertada, ha comentado que a fin de “agarrar un cartel o identificar prácticas anticompetitivas, hay que investigar con sigilo e inteligencia. Uno no agarra ladrones entrando a la plaza preguntando a gritos quién se robó un celular (…)”.
Finalmente, no puedo finalizar el presente artículo sin antes dejar una frase reconocida por el poeta y filósofo español Jorge Agustín Nicolás Ruiz de Santayana: “Quien olvida su historia está condenado a repetirla”.
Notas:
* Egresado de la facultad de derecho de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC) y practicante del área de competencia del Estudio Garrigues.