Beneficios tributarios para consumidores socialmente responsables

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Las decisiones de consumo individuales tienen efectos públicos. Cuando un consumidor decide comprar únicamente determinados productos “amigables” al medio ambiente, genera con su decisión un impacto positivo que trasciende a su propio bienestar. Cuando los consumidores prefieren determinados productos sobre otros, señalizan a los proveedores qué vale la pena producir y comercializar. Del mismo modo en que un consumidor que compra un producto elaborado por un proveedor con una preferencia por la discriminación, paga por la discriminación al abonar el precio del producto; el consumidor que compra un producto verde o sostenible, paga por la preferencia correspondiente.  Nótese, entonces, que nuestra decisión de consumo implica un efecto externo en tanto una decisión de consumo puede traducirse en mayor nivel de una actividad socialmente nociva o positiva.

El ejercicio del poder de compra del consumidor implica la posibilidad de que el consumidor cambie el mundo para bien (o para mal). Usualmente, el sistema legal suele reaccionar ante la producción de externalidades negativas, por ejemplo, imponiendo cargas económicas que se traducen en precios más altos. Sin embargo, cambiar el mundo para bien puede gatillarse mediante el desincentivo a ciertas conductas con efectos negativos (garrote) o mediante el incentivo a ciertas conductas con efectos positivos (zanahoria). Resulta llamativo, entonces, que no exista un debate amplio respecto de cómo emplear el sistema tributario para fomentar un consumo que cambie el mundo positivamente.

La adquisición de un producto hecho de material reciclado, por ejemplo, se traduce en un beneficio que el consumidor no internaliza plenamente. ¿No sería previsible que una recompensa al consumidor que compra productos hechos de material reciclado se tradujera en un impacto positivo para la sociedad en su conjunto? En lugar de pensar en el empleo de impuestos para desincentivar el consumo de ciertos bienes –lo cual usualmente va de la mano de cierto prejuicio con relación a cierta industria o enfrenta el riesgo de la ausencia de información o el manejo de información incompleta o poco confiable por parte del Estado– quizás resulte atractivo explorar la concesión de beneficios tributarios para quienes consumen productos con la potencialidad de impactar positivamente en la sociedad.

El sistema implicaría la posibilidad que el consumidor deduzca determinado porcentaje de las compras realizadas anualmente respecto de ciertos productos. La deducción representa un beneficio que permitiría que el individuo internalice la externalidad positiva que su decisión de compra genera incentivándolo a mantener dicha preferencia y, desde luego, atrayendo a otros consumidores hacia dicha preferencia. Los consumidores que no desean consumir esos productos, simplemente no deducirían monto alguno pero retendrían su libertad de comprar o disfrutar el producto que quieran.

Una objeción obvia sería que el empleo del sistema tributario, de este modo, podría estar privilegiando determinada alternativa en el mercado (esto es, podría sostenerse que el Estado guía la decisión de consumo a través del beneficio tributario). Sin embargo, las pretensiones paternalistas del Estado son una realidad que no puede ser escondida. En cualquier escenario, me parece preferible un esquema que recompensa el consumo socialmente responsable –con la inevitable polémica que implica válidamente esta expresión– al prejuicioso gravamen que pesa sobre quienes deciden consumir determinados productos estimados nocivos.

El mercado espontáneamente ha permitido el surgimiento de productos verdes llevando a varias empresas a observar estándares incluso más elevados que los que una regulación puede imponer. Si el consumidor socialmente responsable pudiera llevar sus buenas intenciones a su billetera, probablemente el mundo sería un mejor lugar para vivir. No lo dudemos, con nuestra decisión de compra podemos cambiar el mundo.


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