“La implementación de la democracia en América Latina no se ha dado de forma pura, sino contaminada por la autocracia. En efecto, la democracia ha surgido, antes que electoralmente y en período de bonanza económica y estabilidad política, en épocas de convulsión social y a través de guerras civiles o revoluciones, bajo el argumento de la legitimidad popular. Por esta razón, se puede decir que la idea predominante de la democracia es la del gobierno de la mayoría, en la medida que un caudillo vence en las elecciones o se hace del poder de facto, en nombre del pueblo.
Con lo cual, no se considera que la democracia es sobre todo un proceso histórico, que tiene como finalidad la limitación del poder, en aras de proteger la libertad humana“[1].
Venezuela está en crisis, lo cual ha llevado a una discusión muy interesante sobre si en dicho país existe una democracia o no. Los defensores del régimen de Nicolás Maduro arguyen, principalmente, que “hubo elecciones y él las ganó”. ¿Eso es suficiente? ¿Qué podemos decir sobre la democracia desde la perspectiva constitucional?
No debería ser novedad para quienes han seguido esta columna que me inclino por la concepción del Derecho Constitucional como límite del poder público y privado, pues desde sus orígenes hasta el día de hoy, el Derecho Constitucional busca evitar el abuso de quienes tienen poder ‒el Estado o los mismos privados‒, encausándolo por vías democráticas, con control y límites a sus actos, así como buscando siempre el mejor desarrollo de la persona y de la sociedad.
Dicho ello, y a fin de absolver las preguntas que se plantearon al inicio del presente artículo, pasemos a analizar algunos elementos esenciales de lo que constituye la democracia:
1. Separación de poderes y control a los mismos: Como decía el siempre extrañado profesor Henry Pease en clase, la historia de la democracia la podemos entender recordando el clásico ejemplo del jefe de la tribu. Aquel que, desde tiempos inmemoriales, era “todo”, pues era el líder, juzgaba y resolvía controversias, dictaba las normas de convivencia de la tribu y era quien aplicaba las sanciones que iban hasta la pena de muerte.
Pues bien, la historia de la democracia ha implicado que vayamos “desarmando” a ese jefe la tribu hasta llegar a lo que solemos conocer como “separación de poderes”, pues ‒insisto‒ el devenir histórico nos ha enseñado (a veces con mucho dolor) que la concentración del poder es peligrosísima.
Así, las clásicas “funciones” las hemos separado en órganos públicos que, sin olvidar que forman parte del mismo Estado, son autónomos entre sí, entrelazados por una compleja malla de pesos y contrapesos para asegurarse que nadie abuse de sus facultades. Podemos identificar así al Poder Ejecutivo, al Poder Legislativo y al Poder Judicial, entre otras funciones muy importantes y básicas de cada Estado.
En Venezuela, el Poder Ejecutivo ha avasallado a todas las instituciones que discrepaban con la línea política del régimen, llegando a controlar el Poder Judicial, el Ministerio Público y los organismos electorales. Si a eso le sumamos los amplios poderes presidenciales (propio del hiperpresidencialismo que solemos padecer en Latinoamérica) y el control de la fuerza pública, es claro que en Venezuela no existe separación de poderes. Y cuando la oposición logró la mayoría de la Asamblea Nacional ‒pese a tener todo en contra‒, el Poder Ejecutivo consiguió esfumarlos, eliminando así los pocos controles que podía tener.
2. Procesos electorales “completos”: Ser elegido no te hace “democrático” (o sino que lo recuerde Alberto Fujimori, quien ganó las elecciones presidenciales en 1990 y luego el 05 de abril de 1992 dio un auto-golpe), pues las elecciones son solo uno de los mecanismos para asegurar la democracia. Es decir, que el pueblo tenga la opción de elegir libremente a sus representantes y que esa opinión expresada en las urnas sea respetada, contabilizando efectivamente los votos de forma transparente para garantizar el respeto a la voluntad popular.
Implica, desde luego, condiciones de competencia libre y lo más equitativas que se pueda exigir. O sea, que el Estado no viole la neutralidad electoral y tenga un claro “favorito” a quien apoye con tiempo y recursos públicos (por ejemplo, con una política clientelista).
Ese no ha sido el caso de Venezuela con Hugo Chávez y su delfín Maduro. Más allá de las acusaciones de fraude, los procesos electorales no han sido “parejos”, pues toda la maquinaria estatal siempre apoyó a ambos dictadores, mermando las posibilidades de la oposición.
3. Garantizar y respetar los derechos fundamentales: Los derechos son pre-existentes al Estado. Son reconocidos, no otorgados. Si nos ponemos técnicos, un derecho (subjetivo) es un situación jurídica de ventaja activa que en el caso concreto de los derechos fundamentales tienen como origen nuestra propia condición humana. Son los medios para procurar la defensa de la persona, aquel conjunto de facultades e instituciones que, en cada momento histórico, concretan las exigencias de dignidad y libertad[2].
Sin respeto a los derechos de las personas y a las minorías, la democracia se puede tornar abusiva. Ni qué decir de casos en los que hay represión por el derecho de reunión ya la protesta, o cuando se ponen trabas administrativas o se amenaza a los medios de comunicación que aseguran las libertades informativas. O cuando no se hace el más mínimo esfuerzo por garantizar derechos básicos (e igualmente exigibles) como lo son los derechos a la educación, a la salud, al trabajo y otros más económicos como a la propiedad y a la libertad de empresa.
Ya es por todos conocido que en la Venezuela chavista la garantía y el respeto a los derechos fundamentales “no es su fuerte”. Una muestra objetiva de ello son las más de 10 condenas en la Corte Interamericana de Derechos Humanos que ha tenido el actual régimen. Y, tal cual el dictador Fujimori, Maduro anunció el retiro de Venezuela de la CorteIDH. A ninguna dictadura le gusta el control, mucho menos si viene de organismos internacionales. Y, por si a alguien le queda alguna duda, el éxodo de venezolanos y venezolanas es ya una prueba irrefutable de la situación crítica que ahí se vive: una dictadura incapaz de garantizar los derechos fundamentales de su pueblo.
Bajos estos estándares, la Venezuela de Maduro es desde hace muchísimos años un gobierno alejado de la democracia. Es una dictadura, un “Estado mafioso” que ha hecho del abuso y del crimen sus principales características.
La democracia y el Derecho Constitucional (el constitucionalismo, si se quiere), se complementan estupendamente. Pensar en una “democracia” que responda solo a la “mayoría” y a la “voluntad del pueblo” es tener una idea mutilada del concepto. Es necesario complementarla con conceptos propios del liberalismo y del constitucionalismo para entender la democracia desde una perspectiva más amplia y que verdaderamente permita la convivencia de todas y todos. Nuevamente, la democracia exige entender los límites del poder y el peligro que significa que éste se concentre, pues inmediatamente empieza a abusar y auto-degenerarse. Y para controlar el poder tenemos al Derecho Constitucional.
[1] LANDA ARROYO, César. “Tribunal Constitucional y Estado Democrático”. Tercera edición. Lima: Palestra Editores. 2007. pp. 696-697.
[2] LANDA ARROYO, César. “El Derecho del Trabajo en el Perú y su proceso de constitucionalización: análisis especial del caso de la mujer y la madre trabajadora”. En: THĒMIS-Revista de Derecho N° 64. 2014. p. 220.