Contratos de Gobierno a Gobierno ¿alternativa para la ejecución de obras en el país?

El Estado debe continuar destinando recursos para cerrar la brecha de infraestructura y para ello se deben utilizar diferentes mecanismos de inversión, entre los cuales tenemos: Alianzas Público-Privadas (APP), Obras por impuestos y Contratos de Gobierno a Gobierno (g2g).

Los Contratos de Gobierno a Gobierno (g2g) son un mecanismo de contratación, fuera del ámbito de aplicación de la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado, a través del cual el Gobierno de un país contrata bienes, servicios u obras los cuales, serán prestados por otro Gobierno bajo las condiciones previamente pactadas.

Este tipo de contratos, debe aplicarse de manera excepcional y cuando la situación lo amerite, debido a la magnitud y complejidad de ciertos proyectos, que no podría realizarse directamente, a través de los procesos de contratación comunes.

El producto más notorio de los contratos G2G, ha sido la experiencia con los Juegos Panamericanos del año 2019, donde Perú y Reino Unido suscribieron un acuerdo, para el desarrollo de una infraestructura extraordinaria, la cual era necesaria para llevar a implementar la infraestructura necesaria para los Juegos Panamericanos. En esta oportunidad Gram Bretaña se encargo de utilizar modelos y figuras nunca antes implementadas en nuestro país y que ahora viene siendo utilizadas en la Reconstrucción con Cambios.

Lo particular de este tipo de contratos, es que se desarrolla una prestación de asesoría técnica especializada en la gestión de los procesos de contratación y en la formulación y ejecución de los proyectos, brindando instrumentos como la provisión de bienes y servicios, la generación de capacidades y planes de transferencia de conocimientos.

Esta modalidad, también permite al Gobierno Peruano contratar con otro Gobierno para que le brinde servicios de asistencia técnica (a través de la Oficina de Gestión de Proyecto – PMO), según lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 288-2019-EF, y además el denominado “servicio de procura”, el cual brinda la organización y desarrollo de procesos de selección para elegir a los proveedores, que pueden ser ser empresas peruanas o extranjeras que cumplan con los requisitos y estándares de solvencia técnica y económica requeridos. la construcción y equipamiento de las obras, de ser el caso.

En el caso de construcción de obras y su equipamiento, es conveniente utilizar modelos internacionales de contratos colaborativos, tales como el FIDIC y el NEC, los cuales podrán incluir la denominada “metodología BIM” y emplear la Junta de Resolución de Disputas, como alternativa para prevenir y solucionar controversias.

Asimismo, algunos beneficios de los contratos G2G, es que se implemente un plan de capacitación para el personal de las entidades públicas, que intervienen en esta clase de proyectos, de modo que puedan reproducir la experiencia obtenida en la ejecución de nuevos proyectos, que tal vez, no se ejecute bajo esta modalidad.

El procedimiento para la celebración de contratos G2G inicia con la celebración de Compromisos de Colaboración, a través de ello, el Estado Peruano y el Estado Contratado, se comprometen a cooperar y definir acuerdos de trabajo, así como los canales de comunicación efectiva. Adicionalmente, mediante estos compromisos, el Estado Contratado presenta al Estado Peruano el equipo que se encargará de llevar a cabo los proyectos. Posterior a ello, y con base en estos compromisos de colaboración, se firman convenios específicos u operativos entre los Estados.

En otro contexto, es necesario conocer que, las entidades públicas que utilizan este tipo de contratos. han ido aprobando normas que regulan esta contratación, por ejemplo, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a través de la Resolución Ministerial N° 0623-2020-MTC/01 de fecha 21 de setiembre de 2020, aprobó la Directiva N° 007-2020-MTC/01 “Lineamientos Generales para la Contratación de Estado a Estado en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), sus Organismos Públicos adscritos y los Programas y Proyectos Especiales, dependientes del MTC”.

Asimismo, el Ministerio de Educación, mediante la Resolución Ministerial N° 397-2020-MINEDU de fecha 29 de setiembre de 2020, aprobó la Directiva denominada “Contratación de Estado a Estado para la ejecución de proyectos de infraestructura educativa del Ministerio de Educación”.

Este mecanismo, es importante porque, entre muchos beneficios, permiten implementar experiencia internacional para la ejecución de la infraestructura o servicios de una manera eficiente, sin embargo, debe existir un control simultáneo por parte del Gobierno y concluir con un informe final detallando de una forma clara y específica lo que se ha ejecutado y tener un control posterior a cargo de la Contraloría General de la República, al menos eso es lo ideal ya que finalmente se ejecutan gastos del tesoro público.

A continuación, algunos proyectos que se han desarrollado bajo los contratos G2G con el Estado Contratado correspondiente y la inversión estimada que se le ha otorgado a cada uno:

  • “Pan American and Parapan American Games Lima 2019”, realizado con  el Reino Unido, en Abril del 2017.
  • “Reconstruccion with Changes”, realizada con el  Reino Unido, en Junio del 2020.
  • “Hospitals of Peruvian Health Ministry (MINSA)”, realizada con el  Gobierno Frances, en Junio del 2020.
  • “Chinchero International Airport (Cusco)”, realizada con Korea del Sur, en Octubre del 2019.

Fuentes:

  • Ernst & Young Perú, https://assets.ey.com/content/dam/ey-sites/ey-com/es_pe/topics/infrastructure/ey-peru-guide-to-investing-in-infrastructure-projects-in-peru.pdf.

Imagen Extraída:

  • https://destinonegocio.com/pe/gestion-pe/los-contratos-laborales-que-puede-suscribir-tu-empresa/

 

 

 

 


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