¿Despido justo o una simple calentura deportiva?

Hace un par de semanas se pudo disfrutar, una vez más, del “Superclásico” del fútbol latinoamericano: River Plate Vs. Boca Juniors, dos equipos argentinos de gran jerarquía en el futbol de esta parte del continente. En esta oportunidad, River Plate resultó ganador del encuentro y obtuvo el pase – una vez más – a la final de la Copa Libertadores de América; por lo que sus jugadores y seguidores festejaron el triunfo.

Dentro de las mencionadas celebraciones y algarabía, la televisión mostró una muy especial, en la cual se aprecia a un trabajador del personal de seguridad contratado por el Club Boca Juniors acercarse, saludar y abrazar al equipo contrario, lo que no fue bien recibido por las redes sociales y, en general, los fanáticos del equipo xeneise.

La prensa internacional informo que, “en el momento en que los jugadores de River Plate celebraban su pase a la final de la Copa Libertadores tras dejar en el camino a su eterno rival Boca Juniors, una imagen llamó poderosamente la atención: un guardia de seguridad de La Bombonera se unió a los festejos del plantel ‘Millonario’. Su nombre es Gabriel Portillo y se convirtió en viral, pero también en un desempleado más en Argentina”

Como consecuencia a tal suceso, la Empresa PCP S.A. encargada de la seguridad en La Bombonera, decidió desvincular al trabajador bajo el argumento de que su conducta incitó a la violencia, perjudicando la seguridad de los asistentes a la cita deportiva.

Al respecto la prensa señalo que “PCP S.A. es una empresa con más de 20 años en el rubro de la seguridad física, en continua evolución, que acompaña desde hace 13 años al Club Boca Juniors de la mejor forma”. Por su parte, la empresa de seguridad señalo que “Anoche un evento potencialmente riesgoso culminó sin ningún tipo de disturbios, cero heridos, cero incidentes, un trabajo realmente impecable. Pero esto se vio afectado por la actitud de un vigilador, una persona que no supo hacer a un lado su pasión de hincha para poder cumplir con sus labores como corresponde.”

Ahora bien, cabe preguntarnos, desde una perspectiva jurídica-laboral peruana, ¿es válido y legítimo el despido efectuado, o se trata de una consecuencia al rencor y frustración existente entre ambos equipos?

En primer lugar, debemos tener en cuenta que el despido es el acto unilateral, constitutivo y recepticio por el cual el empleador extingue una determinada relación laboral. Según nuestra legislación, los despidos pueden darse por dos causas: (i) las relacionadas a la capacidad del trabajador y (ii) las relacionadas a la conducta del trabajador. En el caso relatado previamente, estamos ante un despido ocasionado por la conducta del personal de seguridad, toda vez que se indica que “incitó a la violencia, perjudicando la seguridad de los asistentes”. En ese sentido, cabe recordar que son causas justas relacionadas a la conducta del trabajador la comisión de falta grave, la condena penal por delito doloso y la inhabilitación del trabajador.

De las circunstancias del caso, se desprende que el despido habría de estar justificado por la comisión de una falta grave. Dentro de las causales reconocidas por la Ley de Productividad y Competitividad Laboral (“LPCL”) respecto de las faltas graves, consideramos como la, posiblemente, más adecuada, aquella reconocida por el inciso a) del artículo 25° de la LPCL: “El incumplimiento de las obligaciones de trabajo que suponen el quebrantamiento de la buena fe laboral”. La Empresa PCP, a efectos de que el despido sea válido y legítimo, debe haber realizado todo el procedimiento de despido, incluyéndose la carta de preaviso de despido con la falta especificada, haciendo hincapié en la tipificación de la conducta en el inciso citado previamente.

Ahora bien, teniendo en cuenta el marco normativo y las circunstancias del caso, ¿resulta válido el despido? La Empresa mencionada se dedica a la seguridad de los asistentes a La Bombonera, estadio local de Boca Juniors. En ese sentido, consideramos pertinente que, en caso un trabajador de seguridad descuide sus labores reiteradamente, a pesar de que se le haya advertido de tal conducta, incumpliendo las labores encomendadas por el empleador, sí estaríamos dentro del supuesto reconocido en el inciso a) del citado artículo de la LPCL para efectuar un despido justo. Sin embargo, del video que estremeció las redes sociales, se evidencia que el trabajador se acercó y retiró del campo de juego en no más de diez (10) segundos. En ese sentido, no se evidencia alguna conducta reiterativa ni exagerada que pueda conllevar al quebrantamiento inmediato de la buena fe laboral. Aunado en ello, la Empresa PCP no ha indicado que el trabajador tenga antecedentes con este tipo de conductas. En esa línea, la conducta ejercida por el personal de seguridad, sin dudas, es susceptible de ser sancionada mediante una amonestación formal, pero no consideramos sea razonable para la extinción del vínculo laboral.

Tampoco debemos olvidar que para el análisis de la procedencia de un despido justificado – donde está el éxito o fracaso de este – es importantísimo responder a la pregunta si la sanción más grave que puede aplicar un empleador (despido) es proporcional a la falta cometida por el trabajador. Es decir, si la actuación de este trabajador de seguridad fue de tal gravedad que haga insostenible mantener la relación de trabajo. En este sentido, el Tribunal Constitucional ha señalado que “los principios de razonabilidad y proporcionalidad al momento de imponer la sanción de despido se aplicarán teniendo presente la gravedad de la falta cometida, la categoría, la antigüedad y los antecedentes disciplinarios del trabajador, entre otros aspectos”.

Otro tema de relevancia es que el trabajador no estaba vinculado a la planilla del Club Boca Juniors, sino que este había tercerizado su servicio de vigilancia, por lo que entendemos que las exigencias de “hinchaje”, no le alcanzaban. Este es un ejemplo de los problemas que pueden traer las figuras de la descentralización productiva (intermediación o tercerización) cuando se quiere sancionar a los trabajadores cuando la prestación de los servicios no se llevan a cabo en sus centros de trabajo sino que son desplazados

Como consecuencia del despido y la coyuntura que ocasionó toda la situación, al día de hoy existen rumores de que River Plate pretende contratar al trabajador en cuestión, lo que conllevaría a la siguiente interrogante: ¿se trató de un despido justo o una simple calentura de partido o piconería pura y dura? Cada quien tiene el derecho de sacar sus propias conclusiones.


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