El Abogado de hoy y su llamado a la protección del medioambiente

Autor:

Juan Diego Mujica Filippi

Hace 43 años, el 5 de junio de 1974, la Asamblea General de las Naciones Unidas decidió que a partir de entonces se celebre cada año el Día Mundial del Medio Ambiente. El objetivo de esta fecha es que la población mundial tome conciencia y acción en la difícil misión de proteger el Planeta Tierra, nuestra casa común. A través de los años, las Naciones Unidas ha promovido que, con ocasión de este día, el sector público, el sector privado y el sector social dialoguen alrededor de temas de importancia mundial, con la finalidad de mitigar los efectos negativos de la actividad humana sobre el medioambiente como también lograr la prevención de mayores daños al mismo.

No obstante, aún con la instauración de este día en la agenda de las Naciones Unidas, no fue hasta el año 1987, cuando la Comisión Mundial sobre Medio Ambiente y Desarrollo de las Naciones Unidas, definió, en su reporte “Nuestro Futuro Común” el concepto de desarrollo sostenible. La comisión conceptualizó al desarrollo sostenible como “aquel desarrollo que satisface las necesidades de las presentes generaciones sin comprometer la habilidad de las futuras para satisfacer sus propias necesidades” (Organización de Naciones Unidas, 1987).

El breve artículo de hoy, aprovecha el contexto del Día Mundial del Medio Ambiente, para comentarles acerca de la íntima relación entre el concepto de desarrollo sostenible y el rol del abogado en fomentar actividad empresarial con propósito, la misma que se ve recogida en la figura legal de las Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo (Sociedades B.I.C.). Como se mencionó en el artículo anterior, las Sociedades B.I.C. son aquellas personas jurídicas cuya naturaleza societaria, inspirada en los principios rectores de las Empresas B, están reconocidas por un determinado ordenamiento jurídico.

Las Sociedades B.I.C. tienen en su núcleo organizativo el resultado de la confluencia entre el sector público, el sector privado y el sector social. La interacción de estos sectores canalizan expectativas sociales que demandan la inserción de políticas medioambientalmente sustentables en el mundo de los negocios.

Ello es innegable, en tanto a fines del Siglo XX y la primera década del Siglo XXI, los empresarios han sido testigo, de un cambio de paradigma inminente por el cual la sustentabilidad y la responsabilidad empresarial son conceptos propios de la empresa de hoy. La relevancia de estos conceptos radica en que la continuidad y permanencia de los nuevos emprendimientos empresariales dependen no únicamente del producto o servicio a comercializarse sino también de la cultura organizacional compartida con los grupos de interés, siendo los consumidores los decisores finales.

El Derecho no puede dar la espalda a las importantes transformaciones que están sucediendo en el mundo empresarial. Hoy en día, el Derecho Empresarial debe estar a la vanguardia de las necesidades sociales, económicas y medioambientales. Como lo indica Oswaldo Hundskopf, “las empresas ya no son únicamente entidades productoras de bienes o servicios que buscan el lucro a cualquier costo. Dentro de una concepción moderna, las empresas son ahora entidades responsables por su entorno, porque justamente de ese entorno dependen y se nutren” (Hundskopf, 2008, p. 150).

Los abogados, al poner en práctica las herramientas que nos brinda el Derecho en el día a día, no podemos ignorar la contundente evidencia científica sobre la degradación medioambiental y sus efectos en el cambio climático. Más allá de ello, como profesionales empoderados a través de nuestros conocimientos legales, debemos comprometernos a instruirnos y difundir la posibilidad de realizar empresas que tengan en su estructura interna una vocación sustentable y sostenible.

Es ahora más que nunca que la humanidad se encuentra en un punto de no retorno y todos debemos comprometernos con la causa medioambiental. Desde el Derecho Empresarial, es posible explorar figuras societarias que promuevan y garanticen la protección de las iniciativas empresariales con propósito. Las empresas con propósito de beneficio, ya sea este social o medioambiental, promueven un manejo medioambiental responsable. Por ello, es importante empezar una discusión sobre la viabilidad de su inserción a nuestra legislación con la finalidad que con la proliferación de modelos empresariales semejantes, el impacto medioambiental de la actividad económica sea mitigado o, en el mejor de los casos, su conservación y protección sean parte misma de la actividad económica de una empresa.

Hoy, luego de 43 años del primer Día Mundial del Medioambiente, la lucha por su conservación no puede quedarse en buenas intenciones, ni en un solo día al año. Un claro ejemplo de ello es la reacción de grandes, medianas y pequeñas empresas en Estados Unidos, las cuales durante la semana pasada ratificaron por su propia cuenta los objetivos del Acuerdo de Paris, aún cuando Donald Trump anunció la salida de dicho país del tratado.

Los abogados estamos también llamados a realizar nuestro trabajo legal con propósito, siendo la difusión de las Sociedades B.I.C. como una opción legal y económica viable, parte de nuestras nuevas responsabilidades. El Derecho Empresarial tiene mucho que aportar en el Perú y en el mundo para fomentar una verdadera actividad empresarial respetuosa de nuestro planeta.


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