
Fecha de publicación: 14 de noviembre de 2025
Resumen
La expansión de la Inteligencia Artificial (IA) en el ámbito jurídico ha dejado de ser un ejercicio de prospectiva para convertirse en un fenómeno tangible que atraviesa la labor de abogados, jueces, autoridades administrativas, árbitros y usuarios del sistema de justicia. En el Perú, este proceso se desarrolla en un contexto normativo específico, marcado por la Ley N° 31814, que promueve el uso de la IA en favor del desarrollo económico y social del país, y por su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 115-2025-PCM, que incorpora principios de transparencia, supervisión humana, enfoque de derechos y gestión de riesgos en el uso de sistemas de IA.
Este artículo propone una reflexión crítica sobre el impacto de la IA en la profesión jurídica peruana. Se sostiene que la tecnología no reemplaza la función esencial del abogado, pero sí reconfigura sus exigencias profesionales, éticas y técnicas. El verdadero desafío no es únicamente normativo, sino cultural: evitar tanto la resistencia inmovilista como la delegación acrítica en sistemas algorítmicos. La IA, adecuadamente comprendida y regulada, puede contribuir a mejorar la calidad de la argumentación, la eficiencia institucional y el acceso a la justicia; utilizada sin control, puede reforzar sesgos, debilitar garantías y erosionar la legitimidad de las decisiones. La respuesta pasa por una abogacía “aumentada”: capaz de integrar herramientas inteligentes bajo estándares de responsabilidad, motivación y respeto irrestricto de los derechos fundamentales.
Palabras clave: Inteligencia artificial; profesión jurídica; Perú; Ley 31814; ética profesional; supervisión humana; acceso a la justicia; regulación algorítmica.
Introducción
El Derecho ha convivido históricamente con procesos de transformación impulsados por cambios políticos, económicos y tecnológicos. La digitalización de expedientes, la notificación electrónica o las bases de datos jurisprudenciales fueron, en su momento, hitos relevantes, pero ninguno ha generado tanta expectativa y preocupación simultáneas como la irrupción de la IA.
Hoy resulta habitual encontrar herramientas que redactan borradores de escritos, sugieren normas y precedentes, resumen expedientes voluminosos, identifican patrones de conducta sancionadora o colaboran en el diseño de estrategias procesales. Varias de estas soluciones ya se emplean en despachos privados, áreas legales de empresas, entidades públicas, organismos reguladores y órganos resolutivos.
En el caso peruano, este fenómeno se inscribe en un marco regulatorio que no es neutro. La Ley N° 31814 reconoce la importancia estratégica de la IA para el desarrollo del país y fija principios rectores para su promoción, siempre en armonía con la Constitución y los derechos fundamentales. El Decreto Supremo N° 115-2025-PCM, que aprueba su Reglamento, añade estándares orientados, entre otros aspectos, a la transparencia, la trazabilidad de decisiones automatizadas, la supervisión humana significativa y la prevención de sesgos y afectaciones desproporcionadas. Estos instrumentos no se agotan en la órbita técnica o tecnológica; interpelan directamente a la comunidad jurídica.
La pregunta que guía este artículo es clara: ¿qué implica la IA para los abogados? No se trata de anticipar un reemplazo mecánico del abogado por sistemas inteligentes, sino de examinar cómo estas herramientas reordenan el trabajo jurídico, qué nuevas responsabilidades generan y qué oportunidades abren para un ejercicio más eficiente y más responsable de la función del Derecho.
- La irrupción de la IA
La IA no aparece en un espacio vacío. Ingresa en un sistema jurídico marcado por la sobrecarga de expedientes, plazos procesales ajustados, dispersión normativa, exigencias de celeridad y una creciente demanda ciudadana por decisiones comprensibles, motivadas y previsibles. Frente a este escenario, la promesa de instrumentos capaces de procesar grandes volúmenes de información en poco tiempo resulta naturalmente atractiva.
Es comprensible que estudios de abogados, entidades públicas y empresas recurran a soluciones que permiten organizar documentación, sistematizar criterios, elaborar borradores o identificar tendencias. Sin embargo, existe un riesgo evidente: confundir eficiencia operativa con solidez jurídica. Que un sistema produzca respuestas rápidas no significa que produzca respuestas correctas, completas o respetuosas del marco legal.
La profesión de Derecho, que históricamente ha reivindicado el análisis cuidadoso, enfrenta la tentación de delegar etapas relevantes del razonamiento en sistemas cuya lógica, fuentes y límites no siempre son visibles. Este riesgo no debe trivializarse. La incorporación de IA, sobre todo cuando incide en decisiones que afectan derechos, no puede asumirse como una simple actualización tecnológica, sino como un cambio estructural que exige nuevas salvaguardas profesionales.
- Marco normativo peruano y exigencias para la profesión jurídica
La Ley N° 31814 y su Reglamento ofrecen un punto de partida para ordenar estas salvaguardas. Desde la perspectiva del derecho, tres ideas del marco normativo resultan especialmente relevantes.
En primer lugar, la centralidad de la persona y de los derechos fundamentales. La promoción del uso de IA no puede implicar la relativización del debido procedimiento, del derecho a la motivación, de la igualdad ante la ley o de la protección de datos personales. Por el contrario, la normativa exige que el despliegue de sistemas inteligentes se someta a estos estándares, lo que obliga a los abogados a comprender su alcance y a cuestionar prácticas que los contradigan.
En segundo lugar, la exigencia de supervisión humana significativa. El Reglamento insiste en que el uso indebido de IA se determina cuando genera capacidad letal autónoma, que comprenda la toma de decisiones sin supervisión humana y que pueda generar daño físico o afectar la vida y la integridad de las personas o grupos poblacionales en el ámbito civil. Por lo que es importante, la figura del “operador humano informado”, y, no es un formalismo: se trata de una persona capaz de entender, revisar críticamente y, si corresponde, apartarse de las sugerencias generadas por el sistema. Para la profesión del Derecho, esto se traduce en un deber reforzado de no ampararse en la herramienta como fuente de legitimación automática.
En tercer lugar, la obligación de gestión de riesgos y transparencia. Los sistemas de IA deben, en la medida de lo posible, permitir rastrear las bases de sus recomendaciones o decisiones, identificar sus límites y establecer mecanismos para corregir sesgos. El abogado que participa en la selección, contratación o uso de estas herramientas tiene el deber de advertir sobre cláusulas contractuales deficientes, protocolos ambiguos o usos incompatibles con la normativa vigente.
Este marco normativo no desplaza al profesional; lo compromete más. La IA deja de ser un accesorio tecnológico para convertirse en un objeto de análisis jurídico que requiere criterio especializado.
- La IA como filtro cognitivo y el rol curatorial del abogado
Buena parte del impacto práctico de la IA en Derecho se explica por su función como filtro cognitivo. Las herramientas disponibles no solo compilan información: la ordenan, la priorizan y la presentan bajo determinadas formas que influyen en cómo se percibe el problema jurídico.
Cuando un sistema destaca ciertas resoluciones sobre otras, resume expedientes extensos en unas cuantas líneas o sugiere determinadas normas como centrales para un caso, está configurando el mapa sobre el cual el abogado tomará decisiones. Esa intermediación no es neutra. Responde a parámetros de diseño, a datos de entrenamiento, a modelos estadísticos y, en algunos casos, a sesgos no declarados.
De ahí que el rol del abogado ya no pueda limitarse a verificar ortografía o formato. Su tarea se aproxima a la de un curador: identificar si la información sugerida es pertinente, si omite criterios jurisprudenciales relevantes, si mezcla fuentes desfasadas, si incurre en analogías improcedentes o si presenta como homogéneo un cuerpo normativo que en realidad es inexistente.
La responsabilidad profesional se afirma precisamente en esa capacidad de decir “no” a la máquina. El abogado que renuncia a este control y simplemente reproduce lo generado por una herramienta deja de cumplir con el estándar mínimo de diligencia exigible.
- Nuevas competencias en la era de la IA
La incorporación de la IA al ejercicio del Derecho no disminuye la complejidad de la profesión, sino que transforma sus exigencias. El abogado contemporáneo debe desarrollar una combinación de competencias jurídicas, tecnológicas y éticas que le permitan desempeñarse con solvencia en un entorno cada vez más automatizado.
En primer lugar, resulta imprescindible una alfabetización tecnológica jurídica. Ello no significa que los abogados deban convertirse en programadores o ingenieros, sino que comprendan el funcionamiento general de las herramientas que utilizan: sus fuentes de información, su alcance, sus limitaciones y los posibles sesgos que pueden introducir. Quien utiliza un sistema de IA para la búsqueda de jurisprudencia, la elaboración de escritos o la organización de expedientes, tiene el deber de saber —al menos de forma general— cómo opera el modelo que le brinda esas respuestas.
En segundo lugar, se impone una competencia metodológica de control y verificación. Cada resultado generado por la IA —sea un resumen, una recomendación o una redacción preliminar— debe ser sometido al juicio crítico del abogado. La IA no exime del deber de análisis ni de la obligación de motivar las conclusiones. En este sentido, el criterio jurídico y la interpretación normativa continúan siendo insustituibles. La tecnología puede asistir, pero no reemplazar, la capacidad humana de ponderar principios, contextualizar normas y aplicar la prudencia jurídica.
Una tercera competencia esencial es la ética profesional adaptada a los entornos digitales. El abogado tiene la obligación de resguardar la confidencialidad de la información que introduce en plataformas tecnológicas, asegurando que su uso no vulnere el secreto profesional ni los derechos de las partes involucradas. También debe garantizar la transparencia frente a sus clientes sobre la utilización de herramientas de IA, asumiendo en todo momento la autoría, la responsabilidad y las consecuencias jurídicas de los documentos que suscribe.
Finalmente, la profesión requiere fortalecer la capacidad interdisciplinaria. El abogado del siglo XXI debe interactuar con profesionales de otras áreas —tecnología, datos, ética, ciberseguridad— para comprender los efectos reales de las herramientas que emplea. Solo a través de esta colaboración será posible construir un ecosistema jurídico que combine innovación con seguridad, y eficiencia con respeto por el Estado de Derecho.
Estas nuevas competencias no alteran la esencia del ejercicio profesional: la búsqueda de justicia, la defensa de derechos y la preservación de la confianza pública. Pero sí redefinen la forma de ejercerlas, obligando a que el conocimiento jurídico dialogue permanentemente con la tecnología. En ello radica la fortaleza del abogado contemporáneo: en su capacidad de mantener el rigor jurídico en un entorno donde la IA, más que sustituir, exige pensar con mayor profundidad y responsabilidad.
- Riesgos ineludibles: sesgos, opacidad, confidencialidad y responsabilidad
El uso de IA en el ámbito jurídico presenta riesgos que no pueden minimizarse ni relegarse únicamente al plano técnico.
Uno de los más notorios es la reproducción de sesgos. Si los sistemas son entrenados a partir de decisiones administrativas o judiciales que contienen patrones discriminatorios o criterios desproporcionados, existe el peligro de que los consoliden como recomendaciones “objetivas”. Esto afecta directamente, y convierte a la IA en un amplificador de desigualdades en lugar de un mecanismo de corrección.
Otro riesgo es el de la opacidad algorítmica. Cuando no es posible explicar por qué un sistema sugiere determinada solución, se resiente el derecho a la motivación de las decisiones, se dificulta el control judicial o administrativo y se erosiona la confianza. En el campo jurídico, la imposibilidad de reconstruir la lógica que condujo a una recomendación relevante es, en sí misma, un problema jurídico.
La confidencialidad también se ve puesta a prueba. El traslado irreflexivo de expedientes, estrategias o datos sensibles a plataformas cuyo funcionamiento o protección no se conoce con precisión puede vulnerar el secreto profesional y la normativa de protección de datos personales. En la medida en que el abogado decide qué información ingresa a estos sistemas, su responsabilidad es directa.
Finalmente, el uso de IA no disuelve la responsabilidad profesional. Apoyarse en una herramienta que “se equivocó” no exime de deberes. La intermediación algorítmica no crea un vacío normativo: crea un contexto en el que la diligencia debe acreditarse con mayor claridad.
- Oportunidades para la justicia, la administración y la tutela de consumidores
Reconocidos los riesgos, corresponde destacar que la IA también abre oportunidades relevantes para que la profesión jurídica contribuya a un sistema más accesible y más coherente.
En materia de acceso a la justicia, las herramientas inteligentes pueden facilitar información básica a personas que no cuentan con patrocinio, ofrecer modelos orientativos de escritos sencillos, mejorar la organización de expedientes y permitir un seguimiento más transparente de los procesos. Siempre que existan límites claros y se advierta que no sustituyen la asesoría profesional en casos complejos, estas soluciones pueden atenuar brechas estructurales.
En el ámbito de la protección al consumidor, la IA permite identificar patrones de reclamos, prácticas reiteradas de proveedores, cláusulas potencialmente abusivas o sectores con alta conflictividad. Un uso responsable de estas capacidades puede fortalecer la capacidad preventiva y correctiva de las autoridades, así como mejorar la calidad de la respuesta frente a infracciones masivas.
En la función reguladora y supervisora, el análisis automatizado de grandes volúmenes normativos, resoluciones y datos sectoriales favorece diagnósticos más completos, identificación de contradicciones y elaboración de regulaciones mejor informadas. La IA, en este sentido, puede convertirse en una herramienta al servicio del principio de buena administración.
Estas oportunidades, sin embargo, solo se concretan si se respetan los principios ya mencionados: supervisión humana, transparencia, protección de datos, control de sesgos y vías efectivas para cuestionar decisiones influenciadas por sistemas automatizados. Es precisamente aquí donde los abogados tienen un campo de acción decisivo.
- Hacia una cultura jurídica responsable frente a la IA
La incorporación de la IA obliga a revisar no solo herramientas, sino hábitos y supuestos de la cultura jurídica. Persisten, en el debate, dos actitudes extremas: por un lado, la desconfianza absoluta hacia cualquier solución tecnológica; por otro, la aceptación acrítica de todo lo que prometa eficiencia. Ninguna de las dos contribuye a construir un marco serio.
Lo que se requiere es una cultura profesional capaz de integrar la IA como objeto de análisis jurídico. Ello supone que estudios, entidades públicas, facultades de derecho y centros de investigación documenten experiencias, publiquen criterios, discutan modelos de gobernanza algorítmica y formen a estudiantes y profesionales en los desafíos concretos de estas herramientas.
Es significativo que buena parte del uso actual de IA jurídica se produzca sin una reflexión escrita equivalente. Como ha ocurrido con otras figuras, la práctica avanza más rápido que la producción académica y que la consolidación doctrinaria. Resulta necesario reducir esa brecha: la forma en que se están utilizando estos sistemas, los aciertos y errores identificados, los conflictos éticos enfrentados y las soluciones regulatorias adoptadas merecen ser discutidos públicamente.
En ese sentido, los abogados tienen la oportunidad de liderar esa conversación, no solo como usuarios de tecnología, sino como garante de que su incorporación no desnaturalice el sentido del derecho ni debilite la posición de quienes más requieren protección.
Conclusión
La Inteligencia Artificial no anuncia la extinción del abogado, pero sí marca un antes y un después en la forma de ejercer la profesión. La verdadera cuestión no es si la IA será “más inteligente” que ciertos operadores jurídicos en tareas específicas, sino si la profesión estará a la altura de dirigir, controlar y, cuando corresponda, limitar el uso de estas herramientas.
La Ley N° 31814 y su Reglamento ofrecen un marco inicial que vincula tecnología y derechos fundamentales. Corresponde a la comunidad jurídica decidir si ese marco será una declaración programática más o una guía efectiva para ordenar su práctica. El estándar que se perfila es exigente: un abogado capaz de comprender los sistemas que utiliza, de someterlos a criterios jurídicos, de proteger la confidencialidad y la dignidad de las personas, y de garantizar que ninguna decisión relevante quede en manos de mecanismos que no pueden asumir responsabilidad.
Los abogados que asuman esta tarea no serán desplazados por la tecnología; serán quienes definan sus límites legítimos, establezcan sus reglas de uso y garanticen que la Inteligencia Artificial se ponga verdaderamente al servicio de la justicia, y no a la inversa.
Referencias bibliográficas
Congreso de la República del Perú. (2023). Ley N° 31814, Ley que promueve el uso de la inteligencia artificial en favor del desarrollo económico y social del país. Diario Oficial El Peruano.
Presidencia del Consejo de Ministros. (2025). Decreto Supremo N° 115-2025-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31814. Diario Oficial El Peruano.
PRCP Abogados. (2025). Comentarios sobre el Reglamento de la Ley N° 31814.
Blog de posgrado en derecho y tecnología, Universidad Continental. (2025). Reglamento de la Ley N° 31814: implicancias para el ecosistema jurídico peruano.

