Los Retos Jurídicos del Metaverso

Año 2030: Las reuniones por Zoom han dejado de existir. Todo el mundo se pone sus lentes de realidad virtual e ingresa a un “directorio virtual” en donde interactúa con todo su equipo de trabajo. Visualmente cada uno se encuentra en una misma sala de reuniones; sin embargo, físicamente, cada uno está en un lugar geográfico distinto. Pantalla, mouse y teclado son conceptos del pasado. Ahora, nuestros ojos pueden ver alrededor e interactuar directamente con avatares digitales de otras personas. Estamos a un “click” de distancia de un universo digital que lo podemos compartir con todas las personas. Puede que en un momento estemos conversando con nuestros amigos en una playa del Caribe, luego ingresar a nuestra oficina virtual a recibir a un cliente y después pasar a un concierto en línea con miles de otros avatares. Inclusive, nosotros podemos ser los protagonistas de nuestros videojuegos favoritos. Las conversaciones de un grupo de WhatsApp han sido reemplazadas por conversaciones en tiempo real con los avatares de los miembros del grupo, en cualquier lugar del metaverso.

Este escenario de ciencia ficción que veíamos en películas y series como Ready Player One o Upload puede convertirse en nuestra realidad en menos tiempo del que imaginamos. Actualmente, existen muchas empresas que están invirtiendo millones de dólares para que esto se convierta en una realidad. Facebook Inc. Incluso cambió de nombre a Meta Inc. Para demostrar cuál es la visión de su compañía. Zuckerberg ha dicho que son una compañía que construye tecnología para conectar a la gente y no son solamente una red social. Para él, el metaverso es la evolución natural de las conexiones en línea.  De acuerdo a Forbes, Facebook piensa invertir 10 billones de dólares en este proyecto, monto que se irá incrementando cada año. Sin embargo, ésta no es la única empresa que está apostando por el metaverso. Nvidia, fabricante de chips y semiconductores, está trabajando en una plataforma que permita conectar estos mundos virtuales llamada Omniverso. Microsoft quiere revolucionar los hábitos y relaciones laborales con Mesh, un complemento del actual Teams que se lanzará el próximo año y que nos permitirá utilizar avatares en nuestras reuniones, entre otras mejoras.

El término “metaverso” se compone de la palabra “meta”, que significa “más allá” en griego y de “verso” que significa “universo”. El novelista de ciencia ficción Neal Stephenson acuñó el término en su novela de 1992 “Snow Crash” para describir el mundo virtual en el que el protagonista, Hiro Protagonist, socializa, e interactúa en un mundo virtual a través de su avatar, siendo el “metaverso” una extensión digital del mundo real. En otras palabras, el “metaverso” es una red de entornos virtuales siempre activos en los que muchas personas pueden interactuar entre sí y con objetos digitales mientras operan representaciones virtuales, o avatares de sí mismos, en tiempo real. En términos más sencillos, es un mix entre la realidad virtual inmersiva, los juegos multijugador de rol en línea y la web. El metaverso es la evolución del internet, alimentada por tecnologías inmersivas como lo son la realidad virtual y la realidad aumentada.

El metaverso requiere de:

  • Hardware: Para acceder se requerirá de lentes de realidad virtual y realidad aumentada. También se podrán utilizar guantes hápticos con electromiografía, entre otros wearables que harán “más real” la experiencia.
  • Poder Computacional: Para un funcionamiento correcto se requerirá de infraestructura informática muy potente, dado que el metaverso debe funcionar ininterrumpidamente siendo capaz de procesar problemas a gran escala, para cientos de millones de usuarios simultáneamente.
  • Plataformas Virtuales: Espacios en donde los usuarios puedan interactuar. Por ejemplo, una playa, un café o un directorio.
  • Economía Virtual: El metaverso también será un mercado económico en donde se puedan comercializar bienes y servicios. También será una fuente de trabajo. Inclusive se están desarrollando videojuegos en donde los jugadores pueden ganar dinero. Para ello es importante que exista un sistema de pagos que funcione a efectos de realizar transacciones y un sistema para respetar el derecho de propiedad de los activos digitales.
  • Identidad Digital: Los usuarios utilizarán avatares, que son la representación gráfica de una persona para identificarse en el metaverso.

El metaverso, para que funcione correctamente, debe ser:

  • Persistente: Debe existir independientemente del tiempo y lugar. No debe pausarse, debe ser continuo.
  • Sincrónico: Los participantes deben ser capaces de interactuar entre sí y con el mundo digital en tiempo real, relacionándose como lo harían en el mundo físico. “Todos viven y ven lo mismo”.
  • Disponibilidad: No debe existir un máximo de usuarios y todos deben sentirse parte del metaverso. Debe ser universal.
  • Interoperabilidad: Un elemento virtual podrá funcionar en otros entornos del metaverso. Por ejemplo, si gano criptomonedas en un juego, debería poder utilizarlo en otro juego del metaverso e incluso cambiarlas por dinero de curso legal. Si compro una prenda de vestir en un juego, se podría usar en otro mundo.

No faltará quien alegue que la “Declaración de Independencia del Ciberespacio” de John Perry Barlow es completamente aplicable al metaverso y, por tanto, las personas podrán interactuar en un universo virtual paralelo en donde los usuarios escapen de la jurisdicción de los Estados. Sin embargo, detrás de cada dispositivo tecnológico que permite al usuario ser parte del metaverso, siempre se encontrará un sujeto de derecho, al que le son imputables derechos y obligaciones fuera y dentro del metaverso. En el contexto en que nos encontramos, es sumamente difícil que una persona pueda sustraerse de una jurisdicción en específico.

El metaverso heredará todos los retos jurídicos de las tecnologías disruptivas: Los retos legales del internet, las criptomonedas, la blockchain, la inteligencia artificial, el internet de las cosas, la responsabilidad de los intermediarios de la información, entre otros.

A continuación, detallamos cuáles son los principales retos legales que trae el metaverso:

 

La privacidad y la protección de datos: ¿El ojo que todo lo ve?

Un avatar, al ser la representación digital de una persona, es información que puede identificar a una persona natural, por lo que sería considerado como dato personal. Por tanto, toda data que se pueda extraer de un avatar es información que entra al ámbito de la protección de datos personales. En ese sentido, uno de los retos más importantes es cómo se va a garantizar la adecuada protección de los datos personales de los usuarios. ¿Cómo los usuarios no van a perder el control de sus datos? ¿O acaso es una utopía pensar en ello?

Seamos claros, en un mundo tan digitalizado la protección de los datos personales se vuelve una tarea muy difícil. Son pocas las personas que leen las Políticas de Privacidad y las empresas utilizan los datos como mercancía. La llegada del metaverso añade un reto adicional, ya que la información que actualmente captan será insignificante frente a la recopilación de datos en este universo digital. Los wearables que utilicemos podrán capturar nuestros rasgos físicos y gesticulaciones. Eso significa que las empresas podrán conocer datos muy íntimos: Qué cosas nos divierten, qué cosas nos aburren, qué nos acelera el ritmo cardiaco o nos genera sudoración excita. En buena cuenta, podrán realizarnos prácticamente un análisis médico completo cada vez que nos conectemos, el cual llegará en forma de publicidad personalizada. Esto se traduce en una pérdida de control enorme sobre los propios datos personales, y puede dar lugar a una serie de abusos por parte de las empresas que participan en el metaverso y terceros con los que esta comparta los datos. ¿Qué ocurre si estos datos tan sensibles se filtran?

De acuerdo con Javier Nisa Ávila[1], el metaverso se sustenta gracias a los datos que obtiene de sus usuarios tras interactuar con el mismo metaverso, se retroalimenta. La capacidad de computación y tratamiento de datos del metaverso es algo nunca visto hasta ahora y por ello resulta necesario su regulación previa a su puesta en marcha. El metaverso es una reproducción de la realidad natural, para ello usa una multitud de datos de todos los campos de la ciencia para conseguir la inmersividad necesaria para su uso y conseguir el detalle de recreación que necesita. Asimismo, la finalidad del metaverso es que el usuario pueda realizar las mismas tareas que en la realidad natural pero dentro del metaverso, estudiar, trabajar, tener ocio, realizar deportes, viajar, comprar, vender y cómo no podría ser de otro modo, cometer delitos respecto a otros usuarios, o contra el propio metaverso en sí. Todo ello supone un tratamiento de datos a un nivel nunca visto hasta ahora. La legislación actual a nivel mundial es insuficiente. El acceso a la esfera privada e íntima de cada usuario es total con el metaverso, debido a que todo lo que se haga dentro de ese sistema está monitorizado.

 

La identidad digital en tiempos del metaverso

Una de las grandes incógnitas es: ¿Cómo se identificarán los usuarios y cómo afectará esto a su privacidad? Como bien señala, Mariona Campmany[2], la idea del metaverso y los avatares, tal y como la propone Mark Zuckerberg, sólo puede funcionar si estamos seguros de que los usuarios con quienes nos comunicamos tienen personas reales detrás; y no solo eso, también si esas personas se presentan de forma genuina, es decir, no mintiendo acerca de su género o edad. Claramente, esta clase de mundo virtual no puede existir de forma segura sin alguna versión de autenticación sin fricción y de vida continua.

Esta idea de una identidad autónoma y portátil basada en blockchain rompería con la costumbre que tenemos en la actualidad de entregar nuestros datos personales a organizaciones centralizadas. El objetivo se puede explicar de forma muy sencilla: el metaverso debe verificar al usuario mientras protege la privacidad de su información personal y evita el fraude de identidad.

La autora agrega que, para ello, conviene plantear procesos de verificación de la identidad digital que cubran todo el viaje del usuario a través del metaverso. El onboarding del avatar, la reverificación y la vigilancia continua son pasos imprescindibles para asegurar que un usuario es quien dice ser en todas y cada una de las fases. Cuando alguien hace algo como avatar, debe realizarse una comprobación de identidad y vitalidad en segundo plano.

Lo razonable es pensar que necesitamos algún tipo de identidad interoperable, como un pasaporte, que podamos usar en múltiples configuraciones digitales para demostrar quiénes somos. En un futuro nos moveremos entre distintos entornos virtuales, del mismo modo que lo hacemos ahora entre diferentes países al viajar, y tendremos que formar una identidad que poder llevar –digitalmente- a todas partes.

Sin embargo, ¿cabe la posibilidad de que existan identidades fragmentadas de los usuarios? ¿Es posible entender que el individuo dentro del metaverso es el mismo que lo creó en el mundo real? Desde luego, no parece evidente que algo o alguien exista solo en el ámbito analógico o solo en el digital. ¿El Avatar puede ser considerado un rasgo de la personalidad?

 

Propiedad Digital

Uno de los grandes retos es el de la propiedad digital. Nuestros ordenamientos jurídicos están diseñados para pensar en un derecho de propiedad basado en átomos y no en “bits”. Resulta interesante cómo es que se va a acreditar el derecho de propiedad para los “bienes muebles digitales” como, por ejemplo, la ropa de un avatar, o un carro digital o una colección de arte. ¿Qué ocurrirá con los “bienes inmuebles digitales” o “virtual real estate”? En la actualidad, existen metaversos como “Sandbox” o “Decentraland”, en donde es posible comprar terrenos y realizar proyectos inmobiliarios en el mundo digital. Por algunos de estos inmuebles digitales se han pagado precios que superan los precios de un terreno en el mundo físico. Entonces, ¿será posible hipotecar esos inmuebles digitales? ¿Se podrán celebrar contratos de arrendamiento, cesión, usufructo y otros? ¿Qué ocurre si existe una disputa sobre ese inmueble? ¿Qué legislación rige? ¿O rigen los términos y condiciones del metaverso en que se adquirió? ¿Todo se regirá por smart contracts?

Entendemos que, en este escenario los Tokens No Fungibles (NFTs por sus siglas en inglés) toman especial relevancia. Un NFT es un tipo de token digital que representa un activo único. Estos pueden ser activos completamente digitales o versiones “tokenizadas” de activos del mundo real.  A diferencia de las criptomonedas (en las que cada token es igual), los NFTs son únicos y de cantidad limitada. Como los NFT no son intercambiables entre sí, funcionan como prueba de autenticidad y propiedad dentro del ámbito digital.

Uno de los grandes retos va a ser combatir el lavado de activos y el financiamiento al terrorismo a través de los NFTs. ¿Cómo se va a combatir esta práctica en un mercado sin fronteras y alejada de los Estados? Otro reto, será perseguir la “tokenización” de activos que estén protegidos por derechos de autor y, por tanto, exista una apropiación indebida de contenidos digitales.

Finalmente, el metaverso conllevará a una nueva economía digital y las criptomonedas serán utilizadas como medio de pago. ¿El metaverso de Facebook estará relacionada a “Diem” (antes Facebook la denominó “Libra”)? ¿Cuáles serían las implicancias que una empresa privada centralizada desplace a monedas como el dólar o el euro? ¿Los Bancos Centrales acuñarán sus propias monedas digitales para que sirvan como medio de pago en el metaverso?

 

Desinformación, manipulación y ciberdelincuencia

Uno de los riesgos más importantes que existen actualmente en Internet es el uso inadecuado de la información que tiene por objeto manipular a la audiencia a través de la desinformación. El metaverso podría permitir que regímenes o grupos extremistas utilicen elementos más visuales para captar nuevos adeptos e inculcar en los usuarios mensajes de odio.

Por otro lado, donde hay actividad económica, hay criminales. El metaverso, como segunda realidad, supondrá que migremos y utilicemos una gran cantidad de datos personales, que asociemos a un solo perfil todo tipo de informaciones y pocos usuarios ingresarán en el metaverso teniendo un buen sistema de seguridad de la información que proteja su equipo contra hackeos. Eso significa que mientras uno tenga un perfil en el metaverso, será una potencial víctima de todo tipo de ciberdelitos.

A modo de reflexión, no debemos tenerle miedo a los avances tecnológicos. A lo largo de toda la historia los juristas y entendidos del Derecho, hemos tenido que enfrentar a un sinnúmero de retos legales propiciados por las nuevas tecnologías. Esto es lo apasionante de nuestra carrera. El Derecho está diseñado para aplicarse a situaciones que no han ocurrido y que ocurrirán. Es el trabajo de los abogados aprender a interpretar la norma y aplicarla a los fenómenos tecnológicos. Para ello, es de suma importancia entender, en primer lugar, cómo es que funciona la tecnología para luego analizar si es necesario regularla.

 

[1] Recuperado de: https://www.worldcomplianceassociation.com/3050/articulo-el-metaverso-conceptualizacion-juridica-retos-legales-y-deficiencias-normativas.html

[2] Recuperado de: https://www.elespanol.com/invertia/disruptores-innovadores/opinion/20211220/identidad-digital-tiempos-metaverso/635556439_12.html

Imagen extraída de:

https://www.elcorreo.com/vivir/tecnologia/metaverso-que-es-20211125165835-ntrc.html

 

Fecha de publicación: 18 de enero del 2022


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