El abogado o estudiante que solo lee derecho peca por leguleyo, pero quien lo hace sin distinguir el análisis jurídico del político peca doble.
Hoy en día, diferenciar el objeto de estudio entre estas ciencias sociales (y cualquier otra) es una tarea titánica. Especialmente cuando el Derecho posee un tridimensionalismo tan abstracto que lo absorbe todo.
Hace más de 50 años, el típico abogado era leguleyo porque simplemente decidía ignorar al resto de ciencias: el Derecho no necesitaba escuchar a nadie más. En el presente, este mismo abogado sigue siendo leguleyo pero por otro motivo: no es consciente de dicha ignorancia. Como el objeto de estudio es tridimensional, entonces el abogado no necesita leer nada adicional a lo jurídico. ¡No lo necesita porque el derecho ya lo estudia todo! Es decir, antes la ignorancia era elegida y ahora es ignorada.
Sin embargo, si el Derecho estudia todo entonces no estudia nada.
Actualmente un preocupante número de estudiantes y abogados analizan la estructura y funcionamiento de las normas como universos de bolsillo. Como si no cumpliecen otra función más que ser coherentes con el resto del ordenamiento. Con su propio idioma, realidad y propósito autocomplaciente.
La llegada de la teoría tridimensional planteada en Brasil y Perú fue un gran avance para conectar el Derecho con la realidad. Miguel Reale y Carlos F. Sessarego revolucionaron la forma de entenderlo, pues pasó de ser un ente pomposo y ajeno hacia realmente una ciencia: la ciencia jurídica. Siendo aún más específicos, plantearon un cambio en la finalidad y objeto de estudio que amplió la Ciencia Jurídica hacia más allá de la norma.
Hoy en día, esta teoría es una de las más famosas y por ende no requiere mayor explicación dentro de la comunidad jurídica. Pero, podemos resumirla brevemente en que el derecho tiene como objeto de estudio una realidad de tres dimensiones: una ontológica, otra normativa y otra axiológica. De tal modo que el Derecho tiene como objeto estudiar al ser humano, el ordenamiento jurídico y los valores imperantes de una sociedad respectivamente. Todo con la finalidad de proteger la libertad.
Esto permitió que el Derecho deje de funcionar aislado y ajeno del resto de disciplinas. Las cuales son quienes mejor conocen la realidad que el Derecho pretende regular. Prueba de ello es el nacimiento de sub-especialidades como el Análisis Económico del Derecho o Psicología Jurídica.
Sin embargo, absorber elementos foráneos como Objeto de Estudio ha llevado a pensar que toda nuestra realidad se puede explicar a través del Derecho. Lo cual es falso y puede permitirnos entender por qué la comunidad jurídica está regresando a la legulayada de antes.
Imaginemos que un arquitecto asume la obligación de construir una casa y el dueño le da instrucciones. Le dice qué necesita y cuáles son sus objetivos (léase funciones). Con esto en mente, elabora el diseño de los cimientos, paredes, piso, techo, chimenea, cuartos, y así hasta terminar la casa según las necesidades de quienes habitarán en ella.
La pregunta es: ¿quién determinó las necesidades del dueño? El dueño. ¿quién determinó las funciones de la casa? El dueño. Pero, ¿quién la construyo? El arquitecto.
La misma situación sucede con el Derecho y las necesidades presentes en nuestra realidad. Como ciencia debe estudiar cómo atender estas necesidades y para ello debe primero escuchar qué necesita la sociedad, entenderla. Como arquitecto, la Ciencia Jurídica debe escuchar qué necesita el dueño y para ello debe necesariamente nutrirse de otras ramas del conocimiento. El Derecho como ciencia no tiene los elementos necesarios para comprender dichas necesidades y deberá recoger estas conclusiones para conocerlas.
Para entender la función económica de los contratos o definir el contenido del derecho de propiedad deberá primero escuchar las conclusiones de la Economía sobre la mejor forma de administrar los recursos escasos. Para entender el concepto de justicia antes de administrarla deberá primero escuchar las conclusiones de la Filosofía. Para entender el concepto de “paz social en justicia” deberá escuchar a la Sociología. Los ejemplos son infinitos, pero el mensaje es el mismo.
La ausencia de perspectiva es el corazón del problema. Cada sociedad tiene sus propias necesidades y estas son explicadas por diferentes disciplinas. Una vez identificadas, el Derecho tiene la misión de diseñar instituciones que reúnan todos los elementos para atenderlas. Les crea una casa.
En otras palabras, el Derecho necesita conocer las necesidades y condiciones de la sociedad que pretende regular para crear instituciones eficientes. De lo contrario, la casa no valdrá nada y el diseño no habría funcionado. El Derecho terminará nuevamente desconectado y obsoleto.
El análisis jurídico no busca identificar cuáles son estas necesidades y condiciones porque estas son objeto de estudio de otras disciplinas como la economía, sociología, política, antropología, medicina, entre otras. Sin embargo, el Derecho necesita tomar como premisa sus conclusiones para juzgar si la creación, interpretación y ejecución de las normas cumplen con su finalidad política, social y/o económica.
De ahí el peligro del abogado leguleyo porque ejerce un Derecho ciego. Que trae derecho importado y construye una casa diseñada para otro dueño como es costumbre.
El tridimensionalismo en lugar de propiciar un estudio interdisciplinario de la realidad ha generado un efecto contrario en la práctica al brindar la incorrecta percepción de que, efectivamente, estudiamos tres dimensiones. Lo cual genera un objeto de estudio demasiado amplio para el método científico jurídico. Un cuello de botella.
Las leyes extranjeras “peruanizadas”, la enseñanza idealizada de la carrera, y el análisis formalista del ordenamiento son un claro ejemplo de esta ceguera. Como consecuencia, el abogado y estudiante de derecho no tiene interés por informarse sobre otras disciplinas y prefiere ahogarse en el texto jurídico pensando que es suficiente. Pensando que el Derecho es tridimensional, que ya conoció todo y eso lo mantiene ignorante de su ignorancia.
Esto ha generado que exista un Derecho que lo es todo, pero nada a la vez. Que lo estudia todo, pero nada al mismo tiempo. En que el que todo es arte, pero nada es arte.
Pues finalmente cuando un abogado estudia los valores, usos y costumbres imperantes de una sociedad para entender el elemento axiológico no está estudiando Derecho sino Sociología. Cuando uno estudia la naturaleza del ser humano como ser-libertad, no está estudiando Derecho sino Filosofía. Cuando uno realiza un análisis económico del Derecho sobre los contratos, no está estudiando Derecho sino Economía (en particular Microeconomía). ¿Esto significa que debe ignorar este conocimiento? Al contrario, lo necesita para corregir su miopía. Pero, nuevamente: no está estudiando Derecho y para realmente conocer cada uno de estos elementos necesita nutrirse de otras especialidades.
Dicho de otra manera, el Derecho como ciencia tiene sus límites en lo jurídico. Pero, el abogado como agente necesita ser interdisciplinario para darle dirección.
El Derecho debe brindarle al análisis interdisciplinario la importancia que merece sin absorber objetos de estudio ajenos. Para el abogado, esto significa ser consciente de las conclusiones de otras disciplinas para comprender las necesidades y objetivos de la realidad que pretende servir. Entender que el Derecho solo explica por inducción una minúscula sección de la realidad. Para ello, será necesario un cambio de perspectiva.
Este breve artículo es una invitación al debate y un mensaje hacia el resto de la comunidad. Los textos de derecho son el corazón de la carrera y nos permite ser arquitectos de nuestra casa como sociedad. Pero, no serán suficientes para conocer cuáles son sus necesidades y condiciones, especialmente en un país tan diversos como el nuestro.
Para ello deberemos ser conscientes de los límites del Derecho y recurrir a otras ramas del conocimiento ajenas a nuestro objeto de estudio para proponer soluciones reales.
Imagen extraída de:
- https://www.govst.edu/legal-studies/